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martes, 19 de marzo de 2024
tajo Acto del Scrats con los regantes de Lorca.
Acto del Scrats con los regantes de Lorca. Foto - @scrats_regantes
Jiménez tacha de "fantasmada" la reacción de Page - 18 marzo 2019

El presidente del Sindicato central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura (Scrats), Lucas Jiménez, ha asegurado este lunes que la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que anula varios artículos del Plan Hidrológico del Tajo porque no fija caudales ecológicos en Aranjuez, Toledo y Talavera «declara válidas todas las reglas de explotación y legislación» del acueducto.

Durante un acto en la Comunidad de Regantes de Lorca con motivo del 40 aniversario del trasvase, Jiménez ha aludido al «espejismo creado en Castilla-La Mancha por un sector que históricamente combate al trasvase; el movimiento ecologista de los pueblos ribereños».


El presidente del Scrats ha atribuido a ese movimiento haberle dado «bombo y platillo» a la parte de la sentencia que dice que hay que establecer caudales ecológicos en la cuenca del Tajo, pero ha considerado «que eso ya lo sabíamos».

«Ese procedimiento es tan complejo que el propio plan de cuenca estableció una moratoria hasta 2021 para adoptar esos caudales ecológicos», ha dicho Jiménez, quien asegura que la sentencia solo anula el articulado del plan de cuenca del Tajo que no fija esos caudales ecológicos, caudales mínimos que para el Scrats «son suficientes».

Para Jiménez, sin embargo, «los ecologistas se han cuidado mucho de no decir» que la sentencia «declara vigentes y perfectamente válidas todas las reglas de explotación y la legislación del Trasvase, que ellos intentaron tirar al suelo».

Sobre las manifestaciones del presidente de Castilla-La Mancha, Emiliano García-Page, y su celebración de la sentencia del Supremo, Jiménez ha calificado de «fantasmada» su reacción, al que ha acusado de «interpretar un papel en la película del trasvase Tajo».

«Nunca encuentro en sus manifestaciones una justificación o un argumento racional», ha dicho el presidente del Scrats, que ha acusado a García-Page de interpretar «de parte» la sentencia de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

La sentencia ha estimado parcialmente el recurso presentado por varias entidades, y ha declarado la nulidad de varios artículos que conforman la normativa del plan hidrológico.

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