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viernes, 29 de marzo de 2024
Para construir un parque - 20 noviembre 2018 - Puertollano

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha condenado al Ayuntamiento de Puertollano (Ciudad Real) a pagar más de 8,8 millones por el justiprecio de la expropiación de unos terrenos en los que tenía previsto construir un parque.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, la Sala estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la propiedad de las fincas frente a un acuerdo de justiprecio del 30 de junio de 2016 del Jurado Regional de Valoraciones que queda anulado «por no ser conforme a derecho».


Asimismo, el tribunal ha fijado el justiprecio que debe abonar el Consistorio puertollanense a los propietarios en 8.808.698,50 euros más intereses, y no considera procedente la condena en costas a las administraciones.

La sentencia, de 46 folios, repasa todo el proceso de expropiación de estos terrenos por parte del Ayuntamiento y del inicio del expediente de justiprecio que se remonta a octubre de 2008, un año después de la fecha de entrada en el Registro del Consistorio de Puertollano de la solicitud de inicio del procedimiento.

En el apartado de antecedentes, la sentencia recoge que hubo una primera petición de fijación de justiprecio por los demandantes el 28 de abril de 2010 que no fue admitido por el Jurado de Valoraciones.

En ese momento, la propiedad interpuso un recurso contencioso contra ese acuerdo que fue estimado por el TSJCM en una sentencia del 27 de abril de 2015, en la que también indicaba que el Jurado debía proceder a la fijación de justiprecio.

Más de 10 años de desacuerdos entre la propiedad y el Ayuntamiento de Puertollano

Después de más de 10 años de desacuerdos entre la propiedad y el Ayuntamiento, el tribunal ha considerado adecuado el justiprecio que refleja el informe emitido por el perito de la propiedad y, además, aprecia que ni la metodología ni los datos en los que se apoya han sido cuestionados ni por la Administración autonómica ni por el Ayuntamiento.

Asimismo, la Sala ha considerado correcta la superficie expropiada que fijan los demandantes de 89.155 metros cuadrados de suelo urbanizable no programado, tal y como aparecía en el plan urbanístico, para zona verde dotacional-parque.

En concreto, la finca se encuentra situada en una zona encajada entre el casco de Puertollano al oeste y dos sectores de suelo urbanizable programado así como una amplia zona de suelo urbano industrial, con un cuadrilátero de suelo urbano al sur que es el cementerio.

El suelo ya estaba calificado al inicio del expediente de expropiación, y por tanto no afecta, según la sentencia, que en un nuevo Plan de Ordenación Municipal (POM), que se encuentra en fase de aprobación inicial, se clasifique la finca como rústica de reserva.

La Sala de lo Contencioso Administrativo no ha asumido, «por no ser correctos», los argumentos expuestos por las defensas de las administraciones demandadas -Ayuntamiento y Jurado Arbitral de Valoraciones-, y ha condenado a pagar el justiprecio de 8,8 millones a los demandantes.

Fuentes del Consistorio puertollanero han confirmado a Efe que la sentencia, que no es firme, será recurrida al estar el Consistorio en desacuerdo con la cifra que tendrá que abonar.

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