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Que cumplan los requisitos - 08 septiembre 2020 - Toledo

El concejal de Empleo y Promoción Económica del Ayuntamiento de Toledo, Francisco Rueda, ha avanzado hoy en rueda de prensa que, a partir de mañana 9 de septiembre a las 9 de la mañana se abre el plazo para presentar las solicitudes a la convocatoria de ayudas destinadas a pymes y autónomos de la capital que hayan visto afectados sus negocios por la crisis sanitaria.

Las ayudas, ha afirmado el concejal, se concederán por «riguroso orden de entrada hasta agotar el presupuesto» y una vez comprobado que cumplen los requisitos de la convocatoria.


 

Plan de Reactivación del Ayuntamiento de Toledo

Rueda también ha afirmado que se espera poder ampliar a partida inicial. Esta partida de ayudas de 500.000 euros, podría llegar hasta el millón y medio de euros dependiendo de la liberación de los remanentes del Ayuntamiento de Toledo, se enmarcan dentro de Plan de Reactivación Económica y Social puesto en marcha por esta institución para apoyar a los sectores más afectados por la pandemia de coronavirus en la ciudad.

 

Una vez que han sido publicadas hoy en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), los interesados pueden tramitar su petición a través de un formulario que encontrarán en la web municipal o en la sede electrónica http://sede.toledo.es, además de información sobre los requisitos y bases.

Cuantía de las ayudas

El importe de estas subvenciones es de 800 euros para las personas físicas autónomas y personas físicas titulares de pyme que no tengan trabajadores asalariados a su cargo. Si el beneficiario es menor de 30 años la cuantía de la ayuda será de 900 euros.

Se contemplan ayudas de 1.000 euros para las personas físicas autónomas y personas físicas titulares de pymes que, a 13 de marzo de 2020 contaran con hasta 10 personas trabajadoras asalariadas a su cargo, autónomos titulares incluidos.

El cómputo de trabajadores se realiza con independencia de la jornada a tiempo completo o parcial, su régimen de contratación temporal o fijo, o que se encuentren en cualquier situación de excedencia, permisos, bajas etc. en la empresa.

Requisitos

Haber tenido que suspender su actividad económica como consecuencia de la declaración del estado de alarma, en cumplimiento de la normativa estatal, autonómica y local emitida debido a la propagación de la COVID-19.

O bien haber sufrido una pérdida en el volumen de ingresos correspondiente a la actividad económica de al menos un 60% en el mes de abril de 2020, en relación a la media del volumen de ingresos correspondiente a la actividad económica obtenida en el primer trimestre del ejercicio 2020.

Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social y en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) con fecha anterior al 14 de marzo de 2020, y que a fecha de presentación de la solicitud sigan dados de alta.

No estar incurso en ninguno de los motivos o circunstancias de la Ley General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

No tener deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de Toledo.

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