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	<title>Audiencia Provincial de Cuenca archivos - ENCLM</title>
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	<description>El periódico digital de Castilla-La Mancha</description>
	<lastBuildDate>Thu, 13 Mar 2025 11:55:55 +0000</lastBuildDate>
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	<title>Audiencia Provincial de Cuenca archivos - ENCLM</title>
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		<title>El acusado de violar a una mujer en Cuenca tras engañarla ofreciéndole trabajo reconoce los hechos</title>
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		<dc:creator><![CDATA[Ramón De Juan]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 13 Mar 2025 11:55:55 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cuenca]]></category>
		<category><![CDATA[Justicia y Tribunales]]></category>
		<category><![CDATA[Audiencia Provincial de Cuenca]]></category>
		<category><![CDATA[violación]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>El procesado S.P.Z., juzgado este jueves en la <strong>Audiencia Provincial</strong> por <a href="https://www.encastillalamancha.es/castilla-la-mancha-cat/ciudad-real/orden-de-detencion-para-un-refugiado-afgano-por-no-acudir-al-juicio-por-una-presunta-violacion-en-ciudad-real/"><strong>violar</strong></a> en<strong> Cuenca</strong> a una mujer a la que previamente había <strong>engañado</strong> para llevársela a su domicilio ofreciéndole un <strong>trabajo de cuidadora</strong>, ha <strong>reconocido los hechos</strong> y se ha conformado con la pena solicitada por la acusación, que solicitaba 13 años de prisión.</p>
<h2><strong><span style="color: #00a4bf;">Ella se ofreció para cuidar de su madre</span></strong></h2>
<p>S.P.Z., ha reconocido los hechos descritos en el escrito de la Fiscalía, que relataba cómo el 18 de diciembre esta persona contactó por WhatsApp con la víctima para ofrecerle cuidar a su madre. La mujer vino desde Madrid y, tras cenar con el acusado, ambos se dirigieron al domicilio.</p>
<p>Una vez allí ella le preguntó por la madre que iba a cuidar, a lo que él respondió que tendría que quedarse a dormir y esperar a que alguien la trajera.</p>
<p>En ese momento, según los hechos que ha reconocido, S.P.Z. la llevó al dormitorio, le quitó los zapatos, se desnudó y comenzó a quitarle la ropa a ella, pese a su negativa. Una vez desnudos ambos, el acusado comenzó a tocarle los pechos y ella le dijo que no quería mantener relaciones sexuales, que podía quedar embarazada.</p>
<blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="JkN9g3Qo8L"><p><a href="https://www.encastillalamancha.es/justicia-y-tribunales-cat/orden-de-detencion-para-un-refugiado-afgano-por-no-acudir-al-juicio-por-una-presunta-violacion-en-ciudad-real/">Orden de detención para un refugiado afgano por no acudir al juicio por una presunta violación en Ciudad Real</a></p></blockquote>
<p><iframe class="wp-embedded-content" sandbox="allow-scripts" security="restricted"  title="«Orden de detención para un refugiado afgano por no acudir al juicio por una presunta violación en Ciudad Real» — ENCLM" src="https://www.encastillalamancha.es/justicia-y-tribunales-cat/orden-de-detencion-para-un-refugiado-afgano-por-no-acudir-al-juicio-por-una-presunta-violacion-en-ciudad-real/embed/#?secret=JkN9g3Qo8L" data-secret="JkN9g3Qo8L" width="600" height="338" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no"></iframe></p>
<h2><strong><span style="color: #00a4bf;">Él le pidió entonces que le practicara una felación</span></strong></h2>
<p>Él le pidió entonces que le practicara una felación, pero la víctima se negó. Inmediatamente después, el acusado se colocó encima la víctima, la agarró por las manos con sus propias manos, le separó las piernas y le introdujo el pene por vía vaginal, mientras ella seguía diciéndole que no quería practicar relaciones sexuales. Finalmente, el acusado <strong>eyaculó.</strong></p>
<p>Al día siguiente, el acusado llevó a la víctima a un lugar poco transitado y le pidió repetidamente que le hiciera una felación, a lo que ella se negó. Finalmente, la mujer cogió el autobús y regresó a Madrid.</p>
<h2><strong><span style="color: #00a4bf;">Delito de violación</span></strong></h2>
<p>El procesado ha reconocido estos hechos, que suponen un <strong>delito de violación</strong> descrito y sancionado en los arts. 178, 179 y 180.1.4º del Código Penal en la redacción vigente cuando todo pasó.</p>
<p>La conformidad se ha producido antes de entrar en sala y sin que medie ninguna reducción de la pena propuesta por la Fiscalía, de 13 años de prisión, ocho de libertad vigilada, prohibición de comunicación por 16 años y una indemnización de 10.000 euros para la perjudicada en concepto de responsabilidad civil.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Piden 10 años de cárcel para los gerentes de un club de alterne de El Provencio (Cuenca) acusados de trata</title>
		<link>https://www.encastillalamancha.es/justicia-y-tribunales-cat/piden-10-anos-de-carcel-para-los-gerentes-de-un-club-de-alterne-de-el-provencio-cuenca-acusados-de-trata/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[EP]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 10 Dec 2024 17:34:11 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cuenca]]></category>
		<category><![CDATA[Justicia y Tribunales]]></category>
		<category><![CDATA[Sucesos]]></category>
		<category><![CDATA[Audiencia Provincial de Cuenca]]></category>
		<category><![CDATA[Trata]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La <a href="https://www.poderjudicial.es/cgpj/gl/Servizos/Directorio/Directorio-de-Organos-Xudiciais/Audiencia-Provincial-Civil-Penal-Unica---Cuenca?provincia=16"><strong>Audiencia Provincial de Cuenca</strong> </a>acoge este jueves el<strong> juicio</strong> contra S.E.F.M. y V.G.L, gerente y administradora de un <strong>club de alterne en El Provencio</strong>, que se enfrentan a una petición de<strong> pena de 10 años de cárcel</strong> para cada uno de ellos por delitos de<strong><a href="https://www.encastillalamancha.es/educacion-cat/x-jornadas-prostitucion-y-trata-de-personas-con-fines-de-explotacion-sexual-en-toledo/"> trata</a> de seres humanos, prostitución coactiva e inmigración ilegal.</strong></p>
<p>De acuerdo con el escrito de acusación, los acusados gestionaban en El Provencio un establecimiento que a pesar de tener licencia aparentemente como<strong> hostal</strong>, estaba acondicionado para la realización de actividades de alterne y de prostitución por parte de las mujeres que trabajan en dicho local.</p>
<p>Según la versión de la Fiscalía, los acusados idearon un plan en virtud del cual personas de origen colombianas, en connivencia con ellos, les enviarían a España, ofreciéndoles falsos puestos de trabajo como camarera en España bien remunerados y dignos, a mujeres jóvenes de ese país que se encontraban en situación de gran penuria económica, para que ejercieran la prostitución en el club y, con el producto de esta, repartirse los beneficios.</p>
<p>Una de estas mujeres, que comparecerá como testigo protegido, llegó en febrero de 2016 al club, donde tras retirarle el pasaporte y el viático (dinero con el que se acredita el viaje a España como turista), se le informó de que había contraído una deuda de 4.000 euros que debía saldar ejerciendo la prostitución. Según la acusación, la víctima tenía que trabajar desde las 17.00 horas al cierre del establecimiento, a altas horas de la madrugada, pagar 45 euros diarios por alojamiento y manutención y entregar al negocio el dinero del «primer pase», que oscilaba entre 45 y 55 euros, más cinco euros por cada pase adicional en concepto de sábanas.</p>
<blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="PNzZEvA7mB"><p><a href="https://www.encastillalamancha.es/educacion-cat/x-jornadas-prostitucion-y-trata-de-personas-con-fines-de-explotacion-sexual-en-toledo/">«X Jornadas Prostitución y Trata de personas con fines de explotación sexual» en Toledo</a></p></blockquote>
<p><iframe class="wp-embedded-content" sandbox="allow-scripts" security="restricted"  title="««X Jornadas Prostitución y Trata de personas con fines de explotación sexual» en Toledo» — ENCLM" src="https://www.encastillalamancha.es/educacion-cat/x-jornadas-prostitucion-y-trata-de-personas-con-fines-de-explotacion-sexual-en-toledo/embed/#?secret=PNzZEvA7mB" data-secret="PNzZEvA7mB" width="600" height="338" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no"></iframe></p>
<h2><strong><span style="color: #00a4bf;">Logró escapar por la puerta de la cocina</span></strong></h2>
<p>Tras un mes trabajando en el prostíbulo, la testigo <strong>logró escapar por la puerta de la cocina.</strong></p>
<p>Cada uno de los acusados se enfrenta a un delito de trata de seres humanos en concurso medial con otro de prostitución coactiva, por el que la Fiscalía pide seis y tres años respectivamente; y un delito de inmigración ilegal, por el que se reclama un año más de prisión.</p>
<p>Además, se piden otras medidas como la clausura definitiva del club, el comiso del dinero y efectos intervenidos y una indemnización de 3.000 euros para la testigo protegida.</p>
<p>The post <a href="https://www.encastillalamancha.es/justicia-y-tribunales-cat/piden-10-anos-de-carcel-para-los-gerentes-de-un-club-de-alterne-de-el-provencio-cuenca-acusados-de-trata/">Piden 10 años de cárcel para los gerentes de un club de alterne de El Provencio (Cuenca) acusados de trata</a> appeared first on <a href="https://www.encastillalamancha.es">ENCLM</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Juzgan a una mujer de 78 años por apropiarse de 400.000 euros de su tía, enferma de Alzheimer</title>
		<link>https://www.encastillalamancha.es/justicia-y-tribunales-cat/juzgan-a-una-mujer-de-78-anos-por-apropiarse-de-400-000-euros-de-su-tia-enferma-de-alzheimer/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Efe]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 28 Feb 2024 09:08:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cuenca]]></category>
		<category><![CDATA[Justicia y Tribunales]]></category>
		<category><![CDATA[Audiencia Provincial de Cuenca]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La <strong>Audiencia Provincial de <a href="https://www.encastillalamancha.es/castilla-la-mancha-cat/cuenca/cuenca-juzgan-este-martes-a-un-nombre-de-96-anos-que-intento-matar-a-su-mujer-con-un-martillo/">Cuenca</a> juzga</strong> este miércoles a una <strong>mujer</strong> de <strong>78 años,</strong> para quien la Fiscalía pide <strong>siete años de cárcel,</strong> acusada de un delito de <strong>apropiación indebida</strong> y otro de <strong>falsedad documental,</strong> por haberse apropiado entre 2011 y 2014 de<strong> 389.000 euros</strong> de su<strong> tía</strong>, enferma de <strong>Alzheimer</strong>, y haber<strong> reducido</strong> así la<strong> herencia</strong> que correspondía a su propia <strong>hermana.</strong></p>
<p>Según el escrito de acusación del ministerio fiscal, la acusada realizó diversos movimientos bancarios, rescates de seguros y venta de acciones durante el año 2011 en las cuentas de su tía, que se encontraba ingresada en una residencia de Madrid y de la que era, junto con su hermana, heredera.</p>
<h2><strong><span style="color: #00a4bf;">Sin forma de justificar los ingresos </span></strong></h2>
<p>De esta manera y sin que constase que tuviera “ocupación laboral efectiva ni profesión alguna que pudiera justificar sus productos e ingresos bancarios”, cuando falleció la tía, en septiembre de 2014, “consta un enriquecimiento injusto por parte de la acusada de 389.225 euros”.</p>
<p>La Fiscalía considera que la mujer actuó “con la intención de aminorar el patrimonio hereditario de su hermana respecto de la delación que su tía realizó en testamento abierto a favor de ambas sobrinas, por partes iguales”, y también “abusando de la confianza que su tía había depositado en ella y valiéndose de la estrecha relación de su tía con el director de la sucursal del Banco de Santander en la localidad de <strong>El Provencio”.</strong></p>
<blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="gZ9aDQvvyp"><p><a href="https://www.encastillalamancha.es/castilla-la-mancha-cat/cuenca/cuenca-juzgan-este-martes-a-un-nombre-de-96-anos-que-intento-matar-a-su-mujer-con-un-martillo/">Cuenca | Juzgan este martes a un nombre de 96 años que intentó matar a su mujer con un martillo</a></p></blockquote>
<p><iframe class="wp-embedded-content" sandbox="allow-scripts" security="restricted"  title="«Cuenca | Juzgan este martes a un nombre de 96 años que intentó matar a su mujer con un martillo» — ENCLM" src="https://www.encastillalamancha.es/castilla-la-mancha-cat/cuenca/cuenca-juzgan-este-martes-a-un-nombre-de-96-anos-que-intento-matar-a-su-mujer-con-un-martillo/embed/#?secret=gZ9aDQvvyp" data-secret="gZ9aDQvvyp" width="600" height="338" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no"></iframe></p>
<p>Por todo ello, considera que los hechos constituyen un delito continuado de apropiación indebida y otro continuado de falsedad documental en documento mercantil, para los que pide respectivamente 5 y dos años de cárcel, con la agravante de abuso de confianza, además de la petición de reintegro de la cantidad de la que se apropió, con el interés legal correspondiente.</p>
<p>El juicio comienza a las diez de la mañana en la Audiencia Provincial de Cuenca.</p>
<p>The post <a href="https://www.encastillalamancha.es/justicia-y-tribunales-cat/juzgan-a-una-mujer-de-78-anos-por-apropiarse-de-400-000-euros-de-su-tia-enferma-de-alzheimer/">Juzgan a una mujer de 78 años por apropiarse de 400.000 euros de su tía, enferma de Alzheimer</a> appeared first on <a href="https://www.encastillalamancha.es">ENCLM</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Condenado a 25 años de cárcel por asesinar y quemar a su madre en un pueblo de Cuenca</title>
		<link>https://www.encastillalamancha.es/cuenca/condenado-a-25-anos-de-carcel-sesinar-madre-quemar-pueblo-de-cuenca/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Enclm/EP]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 17 Mar 2023 10:55:44 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cuenca]]></category>
		<category><![CDATA[Sucesos]]></category>
		<category><![CDATA[Asesinato]]></category>
		<category><![CDATA[Audiencia Provincial de Cuenca]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.encastillalamancha.es/?p=558336</guid>

					<description><![CDATA[<p>...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><strong>F.J.M.A.</strong> ha sido declarado culpable. La<a href="https://www.encastillalamancha.es/politica-cat/la-audiencia-de-cuenca-desestima-la-querella-del-csif-contra-el-alcalde/"> <strong>Audiencia Provincial de Cuenca</strong> </a>lo ha condenado a<strong> 25 años de cárcel</strong> por quemar y matar a su madre, M.A.D., en marzo de 2019, en la localidad de <strong>El Valle de Altomira-Garcinarro (Cuenca)</strong>.</p>
<p>La sentencia, conocida por Europa Press, dicta que <strong>F.J.M.A.</strong> es <strong>culpable de asesinato con el agravante de parentesco.</strong></p>
<p>De esta manera, la <strong>Sección número 1 del Juzgado</strong> conquense ha ratificado la culpabilidad del acusado, después de que el jurado popular lo encontrara culpable por unanimidad el pasado 9 de marzo. Los hechos quedaban «indubitablemente probados», según el jurado popular.</p>
<blockquote class="wp-embedded-content" data-secret="K4OuzZ3PYo"><p><a href="https://www.encastillalamancha.es/justicia-y-tribunales-cat/piden-25-anos-de-carcel-al-acusado-de-asesinar-a-su-madre-quemandola-en-un-pueblo-de-cuenca/">Piden 25 años de cárcel al acusado de asesinar a su madre quemándola en un pueblo de Cuenca</a></p></blockquote>
<p><iframe loading="lazy" class="wp-embedded-content" sandbox="allow-scripts" security="restricted"  title="«Piden 25 años de cárcel al acusado de asesinar a su madre quemándola en un pueblo de Cuenca» — ENCLM" src="https://www.encastillalamancha.es/justicia-y-tribunales-cat/piden-25-anos-de-carcel-al-acusado-de-asesinar-a-su-madre-quemandola-en-un-pueblo-de-cuenca/embed/#?secret=K4OuzZ3PYo" data-secret="K4OuzZ3PYo" width="600" height="338" frameborder="0" marginwidth="0" marginheight="0" scrolling="no"></iframe></p>
<h2><span style="color: #00a4bf;"><strong>La dejó inconsciente y prendió fuego a su cuerpo</strong></span></h2>
<p>Según relataba la sentencia, el acusado vivía de la pensión de su padre, cantidad que guardaba su madre. El <strong>8 de marzo de 2019</strong>, el padre se marchó y el acusado discutió con su madre. De manera violenta, acabó con la vida de su progenitora y, después, se prendió fuego al cuerpo.</p>
<p>El informe forense apuntó que el fallecimiento de M.A.D. se produjo por un fallo multiorgánico causado por quemadoras de segundo y tercer grado, con el <strong>95% de la superficie corporal quemada.</strong></p>
<p>The post <a href="https://www.encastillalamancha.es/cuenca/condenado-a-25-anos-de-carcel-sesinar-madre-quemar-pueblo-de-cuenca/">Condenado a 25 años de cárcel por asesinar y quemar a su madre en un pueblo de Cuenca</a> appeared first on <a href="https://www.encastillalamancha.es">ENCLM</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Cuenca: piden 10 años de cárcel para un hombre acusado de agredir sexualmente a su vecina</title>
		<link>https://www.encastillalamancha.es/cuenca/cuenca-piden-10-anos-carcel-acusado-agredir-sexualmente-vecina/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[Enclm/Efe]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Dec 2022 17:29:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Cuenca]]></category>
		<category><![CDATA[Agresión sexual]]></category>
		<category><![CDATA[Audiencia Provincial de Cuenca]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.encastillalamancha.es/?p=536310</guid>

					<description><![CDATA[<p>...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Audiencia Provincial de <strong>Cuenca</strong> juzga a partir de este jueves a un <strong>hombre</strong> de <strong>32 año</strong>s para el que la Fiscalía pide <strong>diez años de prisión</strong>, ocho de libertad vigilada y una indemnización de 10.000 euros por un delito de <strong>agresión sexual</strong> cometido en 2020 <strong>sobre su vecina.</strong></p>
<p>Además, la <strong>Fiscalía</strong> también pide establecer una <strong>orden de alejamiento</strong> de 200 metros durante los ocho años de libertad vigilada.</p>
<h2><span style="color: #00a4bf;"><strong>El agresor llamó a la puerta y se abalanzó sobre su vecina </strong></span></h2>
<p>Según recoge el escrito de acusación, al que ha tenido acceso EFE, el acusado llamó a la <strong>puerta</strong> de su <strong>vecina</strong> a las 5:30 horas del <strong>15 de agosto de 2020. </strong></p>
<p>Cuando ésta le abrió, «se abalanzó sobre la misma, y con intención de satisfacer su deseo sexual, la tiró sobre el sofá, le subió el vestido» y le<strong> agredió sexualmente.</strong></p>
<p>Todo ello pese a la resistencia que ofrecía la víctima, que según la Fiscalía ha precisado <strong>atención</strong> <strong>psicológica</strong> por estrés postraumático después de los hechos.</p>
<p>La Fiscalía también solicita que durante la prueba testifical de la agredida “se adopten las medidas pertinentes para evitar el confrontamiento visual entre la testigo y el procesado”.</p>
<p>Apunta asimismo que el acusado ha sido condenado ejecutoriamente en 2016 por denuncia falsa, y en 2017 por un delito contra la salud pública.</p>
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]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Le condenan a 8 años por violar varias veces a un discapacitado en Montalbo (Cuenca)</title>
		<link>https://www.encastillalamancha.es/justicia-y-tribunales-cat/le-condenan-a-8-anos-por-violar-varias-veces-a-un-discapacitado-en-montalbo-cuenca/</link>
					<comments>https://www.encastillalamancha.es/justicia-y-tribunales-cat/le-condenan-a-8-anos-por-violar-varias-veces-a-un-discapacitado-en-montalbo-cuenca/#respond</comments>
		
		<dc:creator><![CDATA[EP]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 10 Jan 2021 12:48:49 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Justicia y Tribunales]]></category>
		<category><![CDATA[Audiencia Provincial de Cuenca]]></category>
		<category><![CDATA[Montalbo]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://www.encastillalamancha.es/?p=405604</guid>

					<description><![CDATA[<p>...</p>
<p>The post <a href="https://www.encastillalamancha.es/justicia-y-tribunales-cat/le-condenan-a-8-anos-por-violar-varias-veces-a-un-discapacitado-en-montalbo-cuenca/">Le condenan a 8 años por violar varias veces a un discapacitado en Montalbo (Cuenca)</a> appeared first on <a href="https://www.encastillalamancha.es">ENCLM</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p>La Audiencia Provincial de Cuenca<strong> ha condenado a un varón</strong> a una<strong> pena de 8 años y 6 meses de prisión</strong>, y al pago de una indemnización de 10.000 euros, como autor criminalmente responsable de un delito continuado de <strong>abuso sexual, ya que violó en varias ocasiones</strong> en agosto de 2016<strong> a un discapacitado en Montalbo</strong>, en la provincia de Cuenca.</p>
<h2><strong><span style="color: #00a4bf;">Sentencia por unos hechos ocurridos en Montalbo</span></strong></h2>
<p>Según la sentencia, la víctima padece un cuadro de<strong> esquizofrenia residual asociado a un retraso mental</strong>, habiéndose reconocido una <strong>discapacidad del 65%, posteriormente elevada a un 75%</strong>; siendo incapacitado, su madre es la tutora.</p>
<p>La víctima de los abusos, en el momento de los hechos, <strong>residía en una vivienda tutelada situada en Tarancón</strong>, aunque en los periodos de vacaciones y algunos fines de semana los pasaba en Montalbo con su familia. De esa misma localidad es<strong> el acusado, con antecedentes penales</strong> no computables en este caso.</p>
<h2><strong><span style="color: #00a4bf;">En verano de 2016</span></strong></h2>
<p>Según narra la sentencia, los hechos ocurrieron en el<strong> verano de 2016.</strong> Siguiendo dicha costumbre, la víctima permaneció en Montalbo por vacaciones, dándose la circunstancia de que <strong>dicho verano pasaba largos ratos solo por cuanto su padre estaba hospitalizado en Tarancón y su madre se desplazaba frecuentemente a visitarlo.</strong></p>
<p>En ese verano, «y concretamente en el mes de agosto», el acusado, «conocedor de la discapacidad y minusvalía de la víctima, aprovechando tal circunstancia, así como el desamparo familiar en aquellas fechas, <strong>le llevó en varias ocasiones al corral de su casa bajo la promesa de que allí le daría un puro</strong>, por los que la<strong> víctima sentía una especial debilidad</strong>, siendo este un hecho notorio en el pueblo pues pedía habitualmente tabaco a los vecinos».</p>
<h2><strong><span style="color: #00a4bf;">«Le hacía daño»</span></strong></h2>
<p>Una vez allí, prosigue la sentencia, el acusado <strong>le pidió a la víctima ciertos actos sexuales</strong>, haciendo caso omiso de las quejas de la víctima, quien le decía que <strong>aquello no le gustaba y «le hacía daño»</strong>. Lo descrito ocurrió, según la Audiencia Provincial, en varias ocasiones del mes de agosto de 2016, sin poderse determinar exactamente cuántas.</p>
<h2><strong><span style="color: #00a4bf;">Pérdida de control de esfínteres</span></strong></h2>
<p>El acusado le decía a la víctima que no se lo contara a su madre y, a consecuencia de los hechos descritos,<strong> no consta que llegara a sufrir lesiones físicas</strong> si bien, con posterioridad a los mismos, <strong>tuvo episodios de pérdida de control de esfínteres</strong>, que desaparecieron tiempo después.</p>
<p>En las navidades de ese mismo año 2016, la víctima, «que hasta ese momento no se había decidido a contar los hechos por sentimientos de temor hacia el acusado y de vergüenza y confusión por los mismos<strong>, decidió manifestárselos a su madre y a su hermana</strong>«. A la vuelta de las vacaciones, refirió igualmente los hechos <strong>a la directora del centro ocupacional.</strong></p>
<h2><strong><span style="color: #00a4bf;">Denuncia de la hermana </span></strong></h2>
<p>De este modo, la hermana de la víctima interpuso denuncia en el Puesto de la Guardia Civil de la localidad de Montalbo el 9 de febrero de 2017, dado que <strong>la madre de la víctima era en principio reacia a hacerlo.</strong></p>
<p>El acusado fue detenido ese mismo día 9 de febrero de 2017 y puesto a disposición judicial al día siguiente, decretándose su libertad provisional con obligación de comparecer los días 1 de cada mes e imponiéndosele la prohibición de comunicarse con la víctima por cualquier medio y de aproximarse al mismo, a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro por él frecuentado a una distancia inferior a 100 metros.</p>
<h2><strong><span style="color: #00a4bf;">Fundamentos de derecho</span></strong></h2>
<p>La Audiencia Provincial señala que la propia naturaleza de los hechos objeto del procedimiento, cometidos usualmente en un marco de intimidad que excluye la presencia de terceros, como aquí acontece, determina que la <strong>principal prueba de cargo con la que se cuenta sea el testimonio de la víctima.</strong></p>
<p>El acusado, durante el juicio, negó todos los hechos, y mantuvo «que conocía a la víctima del pueblo, que conocía su minusvalía y que la misma le pedía tabaco en muchas ocasiones llegando a atosigarle por dicho motivo, pero que nunca llegó a entrar en su corral». Asimismo, <strong>negó en consecuencia cualquier relación o contacto sexual con él.</strong></p>
<p>La víctima, por su parte, en su declaración prestada en el juicio oral, «dentro de las dificultades propias de su discapacidad», expresó «con la suficiente claridad y precisión los hechos que vivió con el acusado, sin una gran riqueza o profusión de detalles precisamente por razón de tal circunstancia, pero ubicándolos en el tiempo y en el espacio, y que, en esencia, vienen a ser los mismos que los que ha venido refiriendo a su entorno familiar».</p>
<p>En este sentido, dicha tardanza en manifestar los hechos, «lejos de debilitar el testimonio, evidencian el sentimiento de confusión y vergüenza que los mismos provocaron a la víctima y su reticencia a confesarlos», pero una vez puestos de manifiesto, «ha mantenido los hechos de forma coherente, firme y persistente en sus aspectos esenciales».</p>
<p>En el presente caso, a juicio de la Audiencia Provincial, la víctima «ha transmitido los hechos que vivió con el acusado a distintas personas de su entorno como son su hermana, su madre y la directora del centro en el que se encuentra integrado, haciéndolo en todos los casos de forma muy similar a la manifestada en el acto de juicio, tal y como se desprende de las testificales de tales personas practicada igualmente en el plenario, las cuales vinieron a corroborar, aunque fuera de manera indirecta, el testimonio de aquél.</p>
<p>Además, el juzgador descarta que el relato de la víctima haya sido inventado «dada la personalidad y forma de ser, ya que no solo la manifestaron con total convicción sus familiares, sino también la psicóloga forense, que explicó que <strong>por sus características psicopatológicas es muy improbable que pueda tener capacidad para fabular o inventar los hechos, tratándose de una persona sin experiencias sexuales previas conocidas».</strong></p>
<p>En definitiva, el testimonio de la víctima, tal y como pudo ser percibido por el Tribunal, «se estima que constituye prueba de cargo suficiente en orden a desvirtuar la presunción de inocencia. De esta forma, los hechos se declararon probados y legalmente constitutivos de un delito continuado de abusos sexuales previsto y penado en el artículo. 181. 1 . 2 4 y 5 en relación con el 180.1.3 y 74 del Código Penal.</p>
<p>El tribunal también falló prohibiciones tanto de aproximarse a la víctima a menos de 100 metros, así como acercarse a su domicilio y a cualquier otro que sea frecuentado por él), como de comunicarse con el mismo, ambas prohibiciones durante un tiempo de 9 años, 6 meses y 1 día.</p>
<p>También se le ha imputado una libertad vigilada por un tiempo de 5 años, para su ejecución con posterioridad a la pena privativa de libertad.</p>
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		<title>Condenado a 5 años por golpear, disparar y quemar a una persona en Cuenca</title>
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		<pubDate>Mon, 09 Dec 2019 09:06:49 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Justicia y Tribunales]]></category>
		<category><![CDATA[Sucesos]]></category>
		<category><![CDATA[Audiencia Provincial de Cuenca]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<p>La Audiencia Provincial de Cuenca ha condenado a una persona a cinco años de prisión por haber golpeado a una persona en la capital con una barra de hierro en las costillas y la cabeza, dispararle dos disparos con una carabina de aire comprimido y derramar un líquido inflamable sobre el cuerpo de la víctima y provocar la ignición después.</p>
<p>Así lo pone de manifiesto una sentencia de la Audiencia en la que además el condenado<strong> colocó una cinta e hilo de plástico sobre el cuello de la víctima</strong> y llegó a tirar hacia detrás, «sin persistir en la acción». A juicio del magistrado, todo esto lo hizo el acusado «sin que conste intención por su parte de acabar con la vida de ésta ni tampoco una aceptación de un posible resultado de muerte».</p>
<p>Por eso, a juicio de la Audiencia Provincial conquense, se ha condenado a este varón a una pena de prisión de cinco años por un delito de lesiones, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Además, el acusado también ha recibido la prohibición de aproximación y comunicación con la víctima durante un tiempo de seis años.</p>
<p>El tribunal ve como hechos probados que la víctima se personó en casa del acusado al ser requerido por este por un incidente relacionado con la sustracción de su teléfono móvil por parte de un tercero.</p>
<p>Una vez en dicho domicilio ambos comenzaron a discutir al no prestarse la víctima a los requerimientos del acusado para ayudarle a obtener la recuperación de su teléfono, lo que enfureció a éste último hasta el punto de coger una barra de hierro con la que golpeó a la víctima en las costillas y en la cabeza, <strong>llegando igualmente a hacer uso de una carabina de aire comprimido con la que efectuó al menos dos disparos</strong>, impactando uno de ellos en el quinto dedo de la mano derecha de la víctima, desconociéndose la trayectoria del otro.</p>
<p>También le derramó a la altura del rostro un líquido inflamable que tras aplicar un soplete u objeto similar provocó la ignición, colocando a continuación una cinta e hilo de plástico sobre su cuello del que llegó a tirar para atrás, sin persistir en la acción.</p>
<p>La víctima finalmente salió del domicilio y tras pedir ayuda en un hostal, cuyo encargado llamó a la Policía, estuvo deambulando por la capital conquense para acabar en una cabina telefónica, en la que fue hallado por los agentes actuantes sobre la 1:00 horas, los cuales requirieron la asistencia médica correspondiente, <strong>siendo traslado al Hospital Virgen de la Luz de esta ciudad</strong> y posteriormente a la unidad de quemados del Hospital de Getafe (Madrid).</p>
<p>A resultas de los hechos descritos, la víctima sufrió lesiones consistentes en quemaduras por llama acelerante que afectaron al 7,5 por 100 de la superficie total cutánea, localizadas en cara (4 por 100), miembro superior derecho (1 por 100), miembro superior izquierdo (1 por 100), mano izquierda (1 por 100); siendo su profundidad de segundo grado salvo la localizada en el antebrazo izquierdo inferior al 1 por 100; siendo su profundidad de segundo grado salvo la localizada en el antebrazo izquierdo (0,5 por 100) que fue de tercer grado. Asimismo, sufrió policontusiones, fractura transversa de tres a cinco arcos costales derechos, y cuerpo extraño metálico (perdigón) en el quinto dedo de la mano derecha.</p>
<p>La sala, en la sentencia, explica que la cuestión del juicio radicó en determinar si existía o no un ánimo de matar en la conducta del acusado, haciendo referencia a la jurisprudencia dictada en diferentes sentencias del Tribunal Supremo. Así, la Audiencia conquense cree que en este caso, «siendo indudable la peligrosidad de los medios empleados por el acusado en su agresión a la víctima, no ha alcanzado convicción suficiente sobre la existencia de un ánimo homicida».</p>
<p>A dicha conclusión ha llegado a la vista de «cómo se emplearon tales medios en el caso concreto». Así, los golpes efectuados con la barra de hierro, a la vista de las lesiones padecidas por la víctima, fueron ejecutados con carácter principal en la zona costal, «sin que los lanzados a la cabeza revistieran una especial intensidad». Los dos disparos con la carabina de aire comprimido «no consta que fueran efectuados sobre ninguna zona vital, resultando únicamente afectado un dedo de una mano».</p>
<p>«La aplicación del líquido inflamable con el posterior prendimiento ciertamente nos podría acercar al dolo, siquiera eventual, de acabar con la vida de la víctima, y ello por el alto riesgo que supone el fuego en el cuerpo humano, pero en atención al alcance y profundidad de las quemaduras ocasionadas, la cantidad de líquido empleado debió ser mínima y no es descartable por ello la hipótesis de que el acusado no llegara a representarse el resultado mortal».</p>
<p>Finalmente, respecto de la presión del cuello con una cinta de balizar, examinado el parte de urgencias, que se limita a reseñar una excoriación eritematosa en ambos laterales, «no parece que alcanzara una mínima persistencia para sopesar un intento serio y real de asfixia».</p>
<p>Por tanto, la Audiencia Provincial de Cuenca ha condenado al acusado a una pena de prisión de cinco años, a la que habrá que restar los que ya lleva en prisión preventiva por este caso, imponiendo así la pena máxima del artículo 148 del código penal. Además, tanto la Fiscalía como la acusación pedían la prohibición de residir en Cuenca, desestimando la Sala dicha pena «ya que la imposición en el presente caso no ha sido justificada».</p>
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