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	<title>moratoria archivos - ENCLM</title>
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	<description>El periódico digital de Castilla-La Mancha</description>
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		<title>Cuenta atrás: quedan 20 días para que entre en vigor la moratoria a las macrogranjas</title>
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		<dc:creator><![CDATA[EP]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 19 Jan 2022 08:44:55 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sociedad]]></category>
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		<category><![CDATA[Macrogranjas porcinas]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<p class="titular_principal">El <a href="https://docm.jccm.es/docm/"><strong>Diario Oficial de Castilla-La Mancha</strong>  </a>publica este miércoles la <a href="https://www.castillalamancha.es/actualidad/notasdeprensa/el-docm-publica-la-ley-de-medidas-tributarias-y-administrativas-que-impulsa-una-reducci%C3%B3n-fiscal"><strong>Ley de Medidas Tributarias y Administrativas </strong></a>que entrará en vigor en tan solo 20 días. Entre otras cuestiones, establece una <strong>moratoria sobre las explotaciones ganaderas de porcino hasta el 31 de diciembre de 2024,</strong> con la finalidad de ordenar de manera adecuada este sector económico tan fundamental para Castilla-La Mancha.</p>
<div id="CuerpoNoticia">
<h2><strong><span style="color: #00a2bf;">¿Qué significa esta ley?</span></strong></h2>
<p>La<strong> Ley de Medidas Tributarias y Administrativas</strong> impulsa una<strong> reducción fiscal</strong> para familias y empresas <strong>sin recortar en servicios públicos. </strong>Esta norma, conocida como<strong> Ley de acompañamiento a la Ley de Presupuestos de 2022,</strong> fue aprobada por las Cortes regionales el pasado 13 de enero y entrará en vigor en veinte días, a excepción de las deducciones fiscales en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas previstas en su artículo 2, que serán de aplicación a hechos imponibles producidos a partir del periodo impositivo iniciado el 1 de enero de 2021.</p>
<p>La Ley de Medidas Tributarias y Administrativas de Castilla-La Mancha <strong>se estructura en dos capítulos.</strong> El <strong>primero</strong> regula una <strong>batería de medidas tributarias</strong>, que afectan tanto a los tributos cedidos como a los propios de la Junta de Comunidades y <strong>cuyo objetivo es adecuar el esfuerzo fiscal a la capacidad económica de determinados colectivos,</strong> fundamentalmente a las familias y a las personas con discapacidad, y favorecer la actividad económica rebajando la presión fiscal para determinadas actuaciones empresariales.</p>
<p>Y el <strong>segundo capítulo</strong> contiene un paquete de medidas de <strong>carácter administrativo</strong> que tratan de mejorar el funcionamiento de la Administración regional.</p>
<p>El texto incluye el <strong>paquete de medidas tributarias</strong> que a<strong>nunció el presidente Emiliano García-Page en el último Debate sobre el Estado de la Región y recoge la eliminación de 19 tasas, entre ellas las correspondientes a las licencias de caza y pesca para los residentes en Castilla-La Mancha,</strong> lo que afectará a unas 80.000 licencias, además de otras relacionadas con exámenes de pruebas selectivas, servicios administrativos generales, transportes de carretera y control de calidad de la edificación.</p>
<p>También contiene un <strong>conjunto de deducciones fiscales</strong>, con<strong> carácter progresivo y solidario</strong>, en el <strong>IRPF</strong> y en el <strong>Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados</strong>, que tienen una incidencia directa en las familias y en la actividad económica de Castilla-La Mancha.</p>
<h2><strong><span style="color: #00a2bf;">Medidas tributarias dirigidas a familias</span></strong></h2>
<p>En lo que respecta al <strong>bloque destinado a las familias,</strong> se aprueba una <strong>deducción de 200 euros de la cuota íntegra autonómica a familias monoparentales</strong>, que se suma a la ya existente para las numerosas, así como una nueva <strong>deducción del 15 por ciento de la cuota íntegra autonómica por gastos de guardería o centros de educación infantil</strong> a contribuyentes con hijos o hijas menores de tres años.</p>
<p>También se extiende la <strong>deducción del 15 por ciento</strong> de las cantidades satisfechas por el <strong>arrendamiento de la vivienda habitual</strong>, hasta ahora prevista solo para los <strong>menores de 36 años</strong>, a familias numerosas y monoparentales y a personas con discapacidad. De igual modo, se extiende dicha deducción a determinadas operaciones de dación en pago.</p>
<p>Igualmente, se aprueba un tipo<strong> súper reducido del cinco por ciento a las transmisiones de inmuebles para la adquisición de vivienda habitual para personas menores de 36 años o con un grado de discapacidad</strong> igual o superior al 65 por ciento o para familias numerosas o monoparentales.</p>
<p>En el <strong>Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados,</strong> se aprueba un tipo <strong>súper reducido del 0,5 por ciento de las primeras copias de escrituras y actas notariales</strong> para transmisiones de inmuebles que tengan por objeto la adquisición de vivienda habitual para menores de 36 años, personas con un grado de discapacidad del 65 por ciento o más, así como para familias numerosas o monoparentales.</p>
<h2><strong><span style="color: #00a2bf;">Medidas tributarias dirigidas a empresas</span></strong></h2>
<p>Respecto a las <strong>empresas,</strong> se aprueba, en el <strong>Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales</strong>, un tipo <strong>súper reducido del cinco por ciento a la transmisión de la totalidad o parte de una o más viviendas a una empresa inmobiliaria o constructora para su venta,</strong> así como a las transmisiones onerosas de bienes inmuebles que estén incluidos en la transmisión de la totalidad del patrimonio empresarial, y una <strong>deducción del 100 por ciento, hasta un límite de 3.000 euros, en la cuota gradual del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados a las primeras copias de escrituras notariales</strong> para adquisición de locales como sede de una actividad empresarial o negocio profesional.</p>
<p>También, en relación con el <strong>Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados</strong> se recoge una nueva <strong>bonificación del 50 por ciento</strong> de la cuota tributaria para las<strong> primeras copias de escrituras y actas notariales</strong> para actos de agrupación, agregación, segregación o división de suelos destinados a uso industrial o terciario.</p>
<p>Estas medidas se suman a las aprobadas en la <strong>Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Económicas, Sociales y Tributarias</strong> frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha y las <strong>deducciones fiscales recogidas en ambos textos van a suponer en 2022 unos beneficios fiscales de 41 millones de euros.</strong></p>
<p>Esta menor recaudación se compensará con el volumen de recursos ahorrado con la renegociación de la deuda, estimada en unos 50 millones de euros para este ejercicio.</p>
<h2><strong><span style="color: #00a2bf;">Medidas administrativas </span></strong></h2>
<p>Se define el concepto de <strong>inmueble desocupado con carácter permanente de uso residencial.</strong></p>
<p>De este modo, <strong>se desarrolla la posibilidad legal establecida en la normativa local de que los ayuntamientos incrementen el IBI de las viviendas vacías</strong> dentro de los requisitos y límites establecidos por la normativa básica del Estado, fomentando así la movilización del parque de viviendas residenciales que se encuentre desocupado.</p>
<p>También se habilita <strong>al Gobierno regional a tramitar mediante el procedimiento de concesión directa sin limitación presupuestaria la subvención autonómica</strong> que otorga de manera complementaria a las ayudas estatales para la contratación de pólizas de seguros agrarios combinados y se modifica nuestra legislación en materia de economía circular para adaptarse a las actuaciones que el Gobierno de España está desarrollando, principalmente, en el proyecto de ley de residuos y suelos contaminados.</p>
<p>Asimismo, se establece la <strong>reserva de un máximo del 20 por ciento de las plazas convocadas a la categoría de Policía Local para el acceso libre de militares profesionales de tropa y marinería.</strong></p>
</div>
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