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Revoca una sentencia anterior 20/06/2016junio 7th, 2017

Susana Guerrero, la madre a la que la Audiencia Provincial de Toledo ha dado la razón y continuará con la custodia de su hija, en lugar de entregársela al padre condenado por maltrato, se ha mostrado hoy «feliz» y ha destacado que «se ha hecho justicia».
La Audiencia Provincial de Toledo estimó el recurso presentado por Susana Guerrero, una madre que se niega a entregar a su hija al padre condenado por maltrato, y ha revocado la sentencia dictada en 2015 por un juzgado de Talavera que daba la guarda y custodia de la menor al padre.

Susana Guerrero se ha pronunciado así en declaraciones a Efe, después de hacerse pública la decisión de la Audiencia Provincial de revocar la sentencia dictada en 2015 por un Juzgado de Talavera de la Reina que daba la guarda y custodia de la menor al padre de la niña, de diez años.


«La verdad es que me siento feliz. Al enterarme, por los medios de comunicación, me he quedado en estado de shock, no me salían las lágrimas. Luego, he abrazado a mi hija y ella a mí, también está emocionada», ha aseverado la madre de la menor.

A su juicio, esta sentencia es «una buena noticia, una muy gran noticia», si bien ha afirmado que «no es una guerra ganada, aún hay muchas cosas que luchar, pero es una batalla ganada».

Con ello, ha agradecido el trabajo de sus abogados y también ha dado las gracias a todas las personas que han apoyado su caso en las diversas concentraciones convocadas hace un par de semanas en diferentes ciudades del país, coincidiendo con la reunión de la Audiencia de Toledo para tratar este asunto.

Susana Guerrero ha dicho que se siente «tranquila» porque ahora podrá salir a la calle «sin miedo» a que el padre de la menor, condenado por maltrato hacia ella, venga a llevarse a la niña.

No obstante, ha apuntado que va «a seguir luchando» por su hija y la defenderá en la denuncia que interpuso en un juzgado de Canarias, donde ahora viven, por presuntos abusos sexuales del padre contra la niña.

«No voy a permitir que ese señor tenga un régimen de visitas abierto con mi hija», ha aseverado la madre.

El padre de la menor estuvo en prisión por abusar de la madre cuando tenía trece años y, posteriormente, volvió a ser condenado por violencia machista contra ella.

La Sección Primera de la Audiencia de Toledo argumenta en la sentencia que «no es irrelevante que exista una condena por malos tratos puesto que siendo un derecho del menor el desarrollarse en un ámbito en el que la resolución de los conflictos no venga de la mano del uso de la fuerza»

REVOCACIÓN DE LA SENTENCIA

La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Toledo revocó la sentencia que dictó el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Talavera el 6 de mayo de 2015 y desestima la demanda que interpuso el padre de la menor.

El juzgado había estimado la demanda del hombre y le otorgó la guarda y custodia de la niña, que tiene 10 años, y ahora la Audiencia explica en la sentencia que «no es irrelevante que exista una condena por malos tratos puesto que es un derecho del menor el desarrollarse en un ámbito en el que la resolución de los conflictos no venga de la mano del uso de la fuerza».

No obstante, la Audiencia Provincial de Toledo señala que, «en interés de la menor, parecería oportuno que el actual régimen de comunicaciones tuviera en cuenta la nueva situación generada con el traslado de la madre a residir a Canarias».

El Juzgado de Talavera sustanciaba su sentencia en los comportamientos de la madre y su entorno para que la niña rechazara el contacto con su padre y llegó a definir la existencia de un síndrome de alienación parental que decía la sentencia que había que corregirse dando la custodia al padre.

Sin embargo, la Audiencia explica que no es preciso entrar «en gran profundidad» en la cuestión referida al síndrome de alienación parental, algo «muy discutido en la doctrina científica» y que no cuenta con respaldo de organismos tan solventes como la Organización Mundial de la Salud o la Asociación de Psiquiatría de Estados Unidos.

«Si los especialistas no se ponen de acuerdo en su existencia con menor razón pueden los tribunales hacer aseveraciones tajantes en uno u otro sentido», sostiene la Audiencia.

Añade que la sentencia dictada el año pasado por la juez de Talavera es «incongruente» porque modificó la guarda y custodia sobre la base del síndrome de alienación parental, y precisa que «lo que importa» es de qué manera el interés de la menor queda mejor protegido.

Varias concentraciones se convocaron en distintas ciudades del país, entre ellas Madrid, en apoyo de Susana Guerrero hace un par de semanas coincidiendo con la reunión de la Audiencia de Toledo para tratar este asunto.

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