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Laboral 26/09/2016junio 7th, 2017

El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha ha sido condenado a abonar el complemento de atención continuada a una médica residente correspondiente al período que dejó de realizar guardias, por el período de adaptación que tuvo que realizar a su puesto de trabajo debido a su embarazo.

Así lo refleja la sentencia del juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Guadalajara, tras la demanda que realizó el sindicato de CSIF por la «discriminación y minoración retributiva» a la que fue sometida la trabajadora del Sescam en Guadalajara por «su embarazo, maternidad y lactancia».


Según ha explicado el sindicato en nota de prensa, se trata de una «práctica habitual» en la empresa que, como durante el permiso por maternidad las trabajadoras no realizan guardias, «no se les paga el prorrateo correspondiente durante el mes de lactancia o cuando se disfrutan las vacaciones a continuación de la maternidad».

«Difícilmente puede protegerse la maternidad en los efectos derivados del embarazo, parto o lactancia si la funcionaria que disfruta del permiso, vacaciones o período de adaptación se ve penalizada por una disminución de la retribución que venía percibiendo antes de esos permisos», ha estimado la sentencia.

Así, CSIF ha asegurado que es un «sindicato pionero» en Castilla-La Mancha en reclamar ante la autoridad laboral y judicial la «igualdad de derechos en relación con la maternidad» y ha mostrado su satisfacción por una nueva sentencia favorable a una reclamación que iniciaron hace años.

Por ello, el sindicato ha reclamado al Sescam que «para sus trabajadores sea una realidad el principio de igualdad y evite tener que volver a reclamar ante la justicia este derecho».

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