sábado, 27 de abril de 2024
Audiencia de Toledo 01/07/2015junio 8th, 2017

El jurado popular que ha juzgado desde el pasado lunes a un joven acusado de causar la muerte a otro en 2013, al agredirle brutalmente con un taburete en la cabeza en un pub de La Puebla de Almoradiel (Toledo), tras una pequeña discusión, le ha declarado culpable de asesinato con alevosía.

En el mismo fallo del jurado popular, que se ha leído esta tarde en la Audiencia Provincial de Toledo, se absuelve al procesado, N.M.D., de 27 años, del delito de lesiones del que también estaba acusado por herir de forma accidental a una segunda persona con el mismo taburete con el que asestó el golpe mortal en la cabeza a Juan Carlos Leo, que falleció un mes después por las lesiones causadas.


En su exposición final durante el juicio, que ha quedado visto para sentencia hasta que el magistrado presidente del tribunal, Manuel Gutiérrez, dicte sentencia, el fiscal ha pedido la pena máxima que establece el Código Penal para el asesinato, 20 años.

Para justificar esta petición, el fiscal ha subrayado el carácter «violento y agresivo» del acusado y su circunstancia de reincidente en este tipo de agresiones, ya que, antes de los hechos juzgados esta semana, fue condenado por esta misma Audiencia por agredir con una cadena de pitón a un hombre de 70 años, delito por el que sólo cumplió 9 meses de prisión, al serle concedida la libertad condicional, a cambio de que no volviera a delinquir.

Sin embargo, ha apostillado el fiscal, el condenado rechazó «esta segunda oportunidad» que le dio el sistema, por lo que la sentencia debe recoger la pena máxima para el asesinato, teniendo en cuenta además que «los hechos son más cosas que el crimen en sí, es un hombre, un ingeniero sacrificado y esforzado, con toda el futuro por delante, a quien se le corta la vida por un capricho del acusado».

También ha hecho hincapié el representante del Ministerio Público en que, al no tener el finado ninguna posibilidad de defenderse, al ser un «ataque sorpresivo», por la espalda, concurren todas las circunstancias que definen la alevosía por lo que «el reproche final debe ser el que establece la ley».

Además de la pena máxima, el fiscal pide también que se aplique la pena accesoria de prohibición de acercamiento o comunicación con la familia de la víctima durante 25 años y también lo que se conoce como período de seguridad, consistente en que no pueda acceder al tercer grado, hasta una vez cumplida la mitad de la pena, medida «plenamente justificada» en el caso de Jorge N.M.D..

Por su parte, la abogada de la acusación particular se ha adherido a las peticiones del fiscal y ha recalcado que la privación de libertad «va a ser la única aportación que va a hacer el acusado» para «amortiguar la pérdida de la viuda y los padres de Juan Carlos Leo», ya que durante el tiempo que lleva en prisión desde octubre de 2013, en que ocurrieron los hechos, «no ha aportado ni un solo euro», ha reprochado.

Y al hablar de la responsabilidad civil por este asesinato, ha recordado que la acusación particular pide 300.000 euros, teniendo en cuenta la pérdida del aporte económico que sufrirá su viuda, ya que los emolumentos anuales de Juan Carlos Leo ascendían a 60.000 euros.

A este respecto, el fiscal, tras asegurar que «es imposible cuantificar la pérdida de una vida», ha indicado que, utilizando el baremo de accidente de circulación, pide 111.000 euros para la viuda y 10.000 euros para cada uno de los progenitores de Juan Carlos, petición a la que se ha adherido también la defensa.

Sin embargo, el representante del acusado, que en sus conclusiones definitivas había solicitado un máximo de 10 años para su patrocinado por un delito de lesiones muy graves, en concurso con homicidio imprudente, una vez oída la decisión del jurado, ha considerado que «el reproche penal» por el acto «tan grave y luctuoso» que cometió su patrocinado «ya está incluido en la propia condena», por lo que ha pedido la pena mínima de 15 años.

Asimismo ha mostrado su disconformidad con el periodo de seguridad solicitado por el fiscal, en base, ha dicho, a que, a partir de este momento, «mi patrocinado tiene la posibilidad de mostrar si realmente está arrepentido y quiere dar un ejemplo reinsertándose en la sociedad, tras asumir el reproche social y penal que ahora ha recibido».

Precisamente, de arrepentimiento han sido las últimas palabras del condenado, quien en su alegado final, antes de levantarse la sesión, ha afirmado: «es una desgracia lo que ha pasado y siento arrepentimiento».

En cuanto a la responsabilidad civil subsidiaria, la abogada de la familia ha pedido 60.101 euros al dueño del pub «El Cristo», de La Puebla de Almoradiel, donde ocurrieron los hechos, al considerar que, si no hubiese incumplido el horario de cierre permitido, que rebasó en tres horas, quizá no habría nada que lamentar. 

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