El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes la sentencia que el Tribunal Supremo dictó el 6 de mayo y que respaldaba una vez más los caudales ecológicos del río Tajo, obligando a que estos se apliquen inmediatamente y que no haya que esperar hasta 2027, tal y como estableció el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco).
En la sentencia, el Supremo obliga al Miteco al establecimiento inminente de caudales ecológicos en las zonas protegidas del Eje principal del Tajo, es decir, todo el recorrido desde el embalse de Bolarque en Guadalajara hasta el de Valdecañas entre las provincias de Toledo y Cáceres.
Hoy se publica en el BOE la sentencia del Tribunal Supremo sobre el recurso contra el Plan del Tajo.
Desde hoy quedan anuladas las excepciones al cumplimiento de los objetivos medioambientales en las masas de agua vinculadas a zonas protegidas.https://t.co/VckFJWNDTY pic.twitter.com/refkwCElD6
— Cátedra del Tajo UCLM-SOLISS (@catedradeltajo) June 6, 2025
Esto hace que quede sin valor el escalonamiento de caudales fijados en el actual plan de Cuenca del Tajo para 2025, 2026 y 2027; y el Miteco tenga que disponer desde ya de los caudales establecidos para el horizonte de 2027.
Además, desde hoy quedan anuladas las excepciones al cumplimiento de los objetivos medioambientales en las masas de agua vinculadas a zonas protegidas.
En este sentido, la sentencia solo da por bueno el escalonamiento en tres años de caudales hasta 2027 en tramos no amparados por figuras de protección, pero no en las masas afectadas por zonas protegidas de hábitats y especies, en las que, además, no se hayan identificado sus objetivos ambientales particulares (zonas Red Natura 2000), como es el caso del 100% de las 13 masas de agua tipo río comprendidas entre Bolarque y el embalse de Valdecañas, donde se encuentran Aranjuez, Toledo y Talavera de la Reina.
Tajo | Nueva sentencia del Supremo que obliga al Ministerio a adelantar los caudales ecológicos