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miércoles, 1 de abril de 2026
Imagen de una gallina. Foto: EP.
Imagen de una gallina. Foto: EP.
La Orden ha sido publicada en el BOE - 01/04/2026 11:16 - Toledo

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha decretado el levantamiento del confinamiento de todas las aves de corral, tras confirmarse la mejora de la situación de alto riesgo de influenza aviar. El fin de esta medida que llevaba meses en vigor ya es efectivo, puesto que se ha publicado en una orden este mismo miércoles 1 en el Boletín Oficial del Estado.

Los 18 municipios de Castilla-La Mancha

El confinamiento se mantiene en las zonas consideradas de especial riesgo y vigilancia, que comprenden 1.201 municipios de todas las comunidades autónomas, de los que 18 son de Castilla-La Mancha y son los siguientes:


  • Pétrola (Albacete)
  • Albacete
  • Chinchilla de Montearagón (Albacete)
  • Alcázar de San Juan (Ciudad Real)
  • Daimiel (Ciudad Real)
  • Retuerta del Bullaque (Ciudad Real)
  • Ruidera (Ciudad Real)
  • Villarrubia de los Ojos (Ciudad Real)
  • Belmontejo (Cuenca)
  • El Hito (Cuenca)
  • Montalbo (Cuenca)
  • Mota del Cuervo (Cuenca)
  • Almonacid de Zorita (Guadalajara)
  • Azuqueca de Henares (Guadalajara)
  • Sacedón (Guadalajara)
  • Miguel Esteban (Toledo)
  • Quero (Toledo)
  • Villafranca de los Caballeros (Toledo)

De todos esos muncipios, tres son de la provincia de Albacete, incluida la capital, cinco son de Ciudad Real, cuatro de Cuenca, además de otros tres de Guadalajara y Toledo.

El resto de municipios confinados

El resto de municipios son: Andalucía (197), Aragón (128), Canarias (1), Cantabria (31) Castilla y León (250), Castilla-La Mancha (18), Cataluña (224), Comunidad de Madrid (16), Comunidad Valenciana (138), Extremadura (99), Galicia (40), Islas Baleares (14), La Rioja (6), Navarra (12) País Vasco (6), Principado de Asturias (8), Región de Murcia (11), más las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.  Las zonas de especial riesgo y de especial vigilancia están determinadas, respectivamente, en los anexos II y III de la Orden APA/2442/2006, de 27 de julio.

El pasado 13 de noviembre de 2025, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación decretó el confinamiento de todas las aves de corral que se crían al aire libre en España como medida preventiva de refuerzo ante el aumento del riesgo de expansión de la influenza aviar, enfermedad altamente infecciosa. La disposición tenía por objeto evitar posibles contactos entre las aves de granja y las migratorias que podían ser portadoras del virus.  Una semana antes se había decretado el confinamiento de las aves de corral en las mencionadas zonas de especial riesgo y vigilancia.

Desde esa fecha se ha llevado a cabo un seguimiento semanal de la situación epidemiológica. Ahora, a tenor de la evolución de la enfermedad en España y en las zonas de origen de los movimientos de aves migratorias y ante la previsión de temperaturas, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha considerado oportuno levantar el confinamiento general en todo el territorio nacional.

Desde el 1 de julio de 2025 y hasta la fecha se han contabilizado en España 16 focos de influenza aviar en granjas de producción. El último, el pasado 13 de enero en la provincia de Lleida. España ya ha sido declarada, desde el pasado 10 de febrero, país libre de influenza aviar de alta patogenicidad (IAAP) por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), si bien se mantenían las medidas de prevención como el confinamiento de todas las aves de corral por la situación de alto riesgo a causa de los movimientos de aves migratorias desde zonas de Europa con alta incidencia de la enfermedad.

La influenza aviar ha afectado principalmente a aves silvestres, con 165 focos notificados desde el mes de julio, además de seis en aves cautivas.

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación recuerda que, a pesar del levantamiento de confinamiento, es necesario mantener y reforzar las medidas de bioseguridad en las explotaciones avícolas para evitar el contacto con aves silvestres, así como reforzar la vigilancia pasiva, tanto en éstas como en explotaciones avícolas. Cualquier sospecha de enfermedad debe ser notificada a los servicios veterinarios oficiales, en particular en el caso de las aves domésticas.

El virus de la influenza aviar no puede ser transmitido al hombre a través de carne de ave cocinada, huevos o productos procesados derivados de ellos, pero, en cualquier caso, se recomienda minimizar el contacto innecesario con las aves que muestren síntomas clínicos o se hallen muertas en el campo.

David Romero
David Romero

Periodista conquense. Redactor jefe de encastillalamancha.es. En este medio desde 2016. Escribo sobre política, medio ambiente, sucesos, economía…

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