viernes, 3 de julio de 2026
La alcaldesa de Villarrubia de Santiago (Toledo), María Concepción Monzón.
La alcaldesa de Villarrubia de Santiago (Toledo), María Concepción Monzón.
Por prevaricación administrativa - 03/07/2026 18:09 - Toledo

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM) ha desestimado el recurso de la alcaldesa de Villarrubia de Santiago, la socialista María Concepción Monzón, contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Toledo y ha ratificado su condena a 9 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo por un delito de prevaricación administrativa tras retirar la licencia a un vendedor ambulante del mercadillo municipal.

La alcaldesa ha emitido un comunicado de prensa en el que asegura que «respeta» el fallo, pero que lo recurrirá ante el Tribunal Supremo.  Explica que no hará valoraciones sobre su inhabilitación y que siempre actuó «velando por el interés general del municipio».


Una decisión «administrativa arbitraria»

Según el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, el Alto Tribunal castellanomanchego rechaza la primera de las alegaciones presentadas por Monzón en su recurso en la que afirma que en el fallo de la Audiencia Provincial de Toledo que la condena existe un «déficit de motivación», para señalar que «no asiste la razón a la recurrente». «Podrá disentir del razonamiento, pero en modo alguno existe el déficit de motivación que denuncia», añade.

Respecto a que la alcaldesa alegue en su recurso que la licencia había expirado el 11 de enero de 2021, por lo que el 8 de marzo de 2021 el vendedor no era titular de ninguna licencia y que ello «condiciona el punto de partida para la aplicación del artículo 404 del Código Penal, que regula el delito de prevaricación administrativa, así como la sanción impuesta», el TSJCLM concluye que se trató de una decisión «administrativa arbitraria».

«Por lo tanto concurre el tipo objetivo del artículo 404 Código Penal, al incumplirse absolutamente el trámite establecido para un expediente administrativo de naturaleza sancionadora», manifiesta el tribunal castellanomanchego.

Del mismo modo, el tercer motivo que alega la alcaldesa se basan en la infracción de normas del Ordenamiento Jurídico en la medida en que defiende la existencia de la «indebida aplicación» del artículo 404 del Código Penal.

Ante ello, el TSJCM apunta que, en el presente caso, se desprende del relato fáctico «con claridad» la «consciente injusticia» de la «arbitraria actuación» de la alcaldesa de Villarrubia de Santiago, «por lo que procedería la desestimación del motivo».

«Esta Sala entiende que de todo lo expuesto se deduce con nitidez que la acusada era consciente y conocedora de la arbitrariedad de su decisión», apunta, para agregar que ante «una ilegalidad de tal magnitud la única conclusión posible es la contenida en la sentencia impugnada».

Sentencia, que según apunta el TSJCM, señala que existió una resolución de forma oral, expresada en dos cartas remitidas al denunciante, «que fue dictada a sabiendas de su injusticia puesto que no existía motivo legal alguno para privar al ciudadano de su licencia, en un asunto administrativo de un Ayuntamiento».

Por todo ello, el Ato Tribunal castellanomanchego afirma que la decisión alcanzada por la Audiencia Provincial de Toledo es «coherente y razonable», así como «conforme a las máximas de experiencia y reglas de la lógica», por lo que este último motivo que alega la demandante «se desestima».

En cuanto a la cuantía indemnizatoria, el TSJCM afirma que se impugna porque «no se ha dado la acreditación del elemento objetivo y subjetivo del tipo penal, sin mayor desarrollo argumental, por lo que desestimado el recurso, la petición carece de fundamento».

Por todo ello, el TSJCM desestima el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la acusada contra la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo y declara de oficio las costas de esta segunda instancia.

La alcaldesa recurrirá al Supremo

Monzón, a través del PSOE Toledo, ha explicado en un comunicado que «ante la resolución dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, quiero reiterar mi respeto a las decisiones de los tribunales y al Estado de Derecho».

Así, ha explicado que una vez escuchado a su asesoramiento jurídico, va a presentar «un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, en ejercicio de los derechos que reconoce nuestro ordenamiento jurídico».

Y es que la alcaldesa explica que «un todo momento he actuado desde la convicción de defender los intereses de los vecinos y vecinas de Villarrubia de Santiago, velando por el interés general del municipio».

«Durante todo este proceso he mantenido una actitud de plena colaboración con la Administración de Justicia y seguiré actuando con el mismo respeto institucional en las sucesivas fases del procedimiento», recuerda la alcaldesa, quien concluye el comunicado subrayando que «por este motivo, y dado que el procedimiento judicial no ha concluido, no realizaré más valoraciones sobre el fondo del asunto mientras el procedimiento judicial permanezca en curso».

Enclm/EP

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