Un total de 580 personas han realizado, a lo largo de 2015, su inscripción en el Registro de Voluntades Anticipadas de Castilla-La Mancha, de los cuales 207 corresponden a hombres y 373 a mujeres y, además, suponen un 6,03 por ciento más que en 2014.
Desde octubre de 2006, fecha en que se puso en funcionamiento este registro, hasta el 31 de diciembre de 2015 un total de 5.554 personas han inscrito su declaración en el mismo, tal y como ha informado el Gobierno regional en un comunicado.
Del total, el 97,85 por ciento de las declaraciones inscritas corresponden a ciudadanos residentes en Castilla-La Mancha y 119 residen en otra comunidad y, además, la mayor parte se inscribieron en puntos del registro de las provincias de Toledo y Albacete.
La edad en la que los otorgantes realizan su declaración ha ido en aumento, al pasar la edad media de 48 años en 2007 a 54 en 2014 y 2015.
Además, 885 personas han manifestado su voluntad de donar el cuerpo para la investigación y la docencia.
La Declaración de Voluntades Anticipadas es el documento por el que una persona mayor de edad, con plena capacidad de obrar y actuando libremente, manifiesta anticipadamente su voluntad sobre los cuidados y tratamientos que desea o no recibir, con objeto de que se cumplan sus deseos en circunstancias en que no sea capaz de expresarlos personalmente.
También puede manifestar su voluntad de donar los órganos o su cuerpo, una vez se haya producido el fallecimiento.
VOLUNTADES ANTICIPADAS
Las voluntades anticipadas, expresadas en un documento conforme a lo dispuesto en la ley obligan al médico, al equipo sanitario o a cuantas personas deban ejecutar lo dispuesto en las mismas y prevalecerán sobre la opinión y las indicaciones que puedan efectuar los familiares, allegados o, en su caso, el representante designado por el autor de la declaración.
La declaración sólo será tenida en cuenta en los casos en que la persona otorgante se encuentre en una situación que le impida expresar personalmente su voluntad.
Mientras conserve su capacidad de obrar, prevalecerá su voluntad sobre lo expresado en el documento.
El documento de voluntades anticipadas puede formalizarse ante un funcionario del Registro de Voluntades Anticipadas, ante un notario o ante tres testigos.
El documento puede ser sustituido o revocado en cualquier momento mediante una nueva declaración.