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jueves, 25 de abril de 2024
Toledo - 09 marzo 2019

El juzgado de lo Social número 1 de Toledo ha anulado el despido de una trabajadora de la residencia de mayores «Virgen de la Blanca», de Burguillos (Toledo) que la empresa despidió por su «implicación sindical» al ser candidata de CCOO en las elecciones sindicales celebradas en su empresa.

La trabajadora, gerocultora en la residencia, gestionada por la empresa Serviger XXI, fue despedida el 24 de julio de 2018 por haber roto, después de firmar el correspondiente recibí, un documento con instrucciones en materia de protección de datos que le acababa de entregar la directora del centro, ha informado una nota de CCOO.


Por ello, la empresa la abrió un expediente disciplinario, que resolvió con su despido por falta muy grave, según el convenio Marco estatal de servicios de atención a personas dependientes y desarrollo de la autonomía personal.

La sentencia determina que «la sanción no resulta en modo alguno proporcionada» y que «la conducta imputada a la trabajadora no constituye ninguna de las faltas muy graves» que describe el convenio y, al tiempo, que «no existe desobediencia alguna», en tanto que firmó el documento entregado por la empresa.

«El hecho de que no lo leyera, sino que lo rompiera, no constituye indisciplina alguna», ha añadido el auto de la magistrada, quien añade que la acción de la trabajadora «pudiera haber sido una falta de respeto a compañero de trabajo» por hacerlo delante de la directora.

A esta falta de proporcionalidad, en la aplicación de la máxima sanción del despido, en la actuación de la empresa, que «determinaría de por sí la improcedencia del despido», la sentencia añade el que la trabajadora fuera candidata de CCOO en las elecciones sindicales celebradas en su empresa 10 meses atrás.

«Tal hecho constituye un hecho más que plausible de vulneración de libertad sindical, en cuanto que la no elección de la interesada no supone desvinculación de una potencial responsabilidad sindical», pues tendría que asumir el mandato en caso de que «por cualquier causa» quedara vacante, ha añadido.

La magistrada ha concluido que, a las acreditadas actuaciones disciplinarias de la dirección del centro contra otros cinco trabajadores también afiliados a CCOO, en los meses posteriores a la celebración de las elecciones, la empresa vulneró el derecho fundamental de libertad sindical y ha declarado nulo el despido.

La sentencia, que puede ser recurrida en suplicación ante la sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCLM), condena a Serviger XXI a readmitir a la gerocultura y a abonarle los salarios dejados de percibir.

La secretaria general de CCOO-Sanidad y Sectores Sociosanitarios CLM, Chelo Cuadra, ha valorado «positivamente» la resolución judicial que «demuestra, una vez, más la necesidad de seguir luchando por la normalización de las relaciones laborales en las empresas, sobre todo en las pequeñas y medianas».

Y más aún, ha enfatizado, «dentro del sector de residencias de mayores, con un colectivo laboral muy feminizado y cada vez más implantado en zonas rurales, donde los empresarios se aprovechan de la falta de información para vulnerar derechos, incluso los más básicos», ha zanjado.

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