domingo, 4 de mayo de 2025
05/04/2013junio 13th, 2017

Algunos de los ayuntamientos afectados por el cierre nocturno de los 21 Puntos de Atención Continuada (PAC) han solicitado ya al Tribunal Superior de Justicia de la región (TSJCM) el archivo de los recursos presentados después de que la Junta haya derogado la orden por la que establecía esos cierres parciales.

Según han indicado a Efe fuentes del Tribunal Superior, en otros casos ha sido la propia sala de lo contencioso-administrativo la que se ha dirigido a las partes personadas en el procedimiento (ayuntamientos y Junta) para comunicarles que ya no hay motivo para continuar con los recursos -lo que en términos jurídicos se conoce como «pérdida de objetivo»- al haberse derogado la orden de 20 de noviembre de 2012 que establecía el cierre nocturno de los PAC.


Este es el caso de Tembleque (Toledo), el primer ayuntamiento en pleitear contra la Junta por el cierre nocturno del centro de salud de la localidad, ya que con fecha del pasado 2 de marzo, el TSJCM comunicó el plazo de que disponen para alegar al respecto, es decir, sobre el archivo de la causa.

En este sentido, el alcalde de Tembleque, Jesús Fernández, ha dicho a Efe que aún no han recibido la comunicación del tribunal regional, pero, que ante el cambio de las circunstancias, en los próximos días van a solicitar a la sala que archive el recurso que presentaron en su día contra el cierre del PAC por «carencia sobrevenida del objeto».

Además, Tembleque también pedirá al tribunal de la región que las costas del procedimiento recaigan en el Gobierno regional, tal y como ya dictaminó la sala en las medidas cautelares, ha dicho el regidor.

El pasado 27 de marzo el Gobierno regional publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha una nueva Orden que derogó la anterior de noviembre después de las resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en las que daba la razón de forma cautelar a los ayuntamientos afectados.

Argumentaba la Junta que la nueva decisión tenía como finalidad evitar perjuicios en la prestación del servicio surgidos de las reclamaciones judiciales y también acatar las decisiones del citado tribunal.

Enclm

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