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jueves, 28 de marzo de 2024
Camión de los Bomberos del SCIC de Ciudad Real. Foto: @emergencia1006.
Camión de los Bomberos del SCIC de Ciudad Real. Foto: @emergencia1006.
En el proceso para asignar 26 plazas - 19 enero 2023 - Ciudad Real

La Fiscalía de Ciudad Real, con la firma del fiscal jefe, Luis Huete, ha archivado con fecha 13 de enero la denuncia presentada por dos delegados sindicales de CCOO a cuenta del concurso oposición promovido por el Consorcio contra Incendios y Salvamento (SCIS) de la provincia.

Este pronunciamiento llega después de que el pasado día 2 de enero CCOO, tal y como informó en su día en nota de prensa, informara de que se abrían diligencias contra este organismo, aclarando que los denunciantes eran dos miembros del Tribunal Calificador de las oposiciones de acceso a 26 plazas de bombero en propio consorcio.


Estos dos miembros impugnaban de esta forma las actuaciones del propio Tribunal de la oposición de la que ellos eran miembros, si bien con carácter previo a la denuncia penal ante la Fiscalía, se recurrieron las decisiones del tribunal calificador adoptadas por mayoría de tres votos contra los votos de los mismos denunciantes.

De los cinco miembros del Tribunal Calificador, Roldán y Prieto son de profesión bomberos con antigüedad de 35 años con plaza y puesto de trabajo fijo. Los otros tres miembros del Tribunal de la Oposición no denunciantes, son el Gerente del Consorcio, el Secretario del Ayuntamiento de Ballesteros de Calatrava y el Jefe del Parque de bomberos de Ciudad Real, a quienes los denunciantes «ocasionaron enorme inseguridad jurídica en este proceso», según CCOO.

No hay prevaricación

Ahora, en los fundamentos de derecho recogidos por Europa Press, el fiscal entiende que resultaría preciso identificar la resolución arbitraria argumentada por los denunciantes que pudiera sustentar la comisión del delito de prevaricación, «lo que no se hace en modo alguno».

La denuncia, recuerda, «se remite a las actas del tribunal y no identifica en cuál de ellas, concretamente, se produce la resolución injusta de la que pudiera derivar el delito de prevaricación».

«La apariencia formal de las mismas es correcta y se ajusta a las bases de la convocatoria de la oposición», asegura ahora el fiscal.

Del mismo modo, abunda en que «no existe prueba de la falsedad que se denuncia, puesto que lo único que consta es que no se recogen en las actas la totalidad de las cuestiones tratadas por el tribunal, según los denunciantes».

La denuncia, por tanto, «resulta genérica y no se dice con concreción qué acta concretamente dice lo contrario», asegura el fiscal.

«Tampoco se aprecia infidelidad en la custodia de documentos, hecho únicamente apreciado por los denunciantes, sin que conste en las actas posteriores del tribunal protesta alguna sobre la forma en la que se llevó a cabo el escáner de los documentos a los que se refiere la ampliación de denuncia», remata el escrito.

«El gerente entregó las preguntas», dicen los denunciantes

Los denunciantes aseguraban que en el examen, el gerente entregó preguntas ya realizadas a un fotocopista privado «que nada tenía que ver con el tribunal»; o que en el segundo psicotécnico se contrató a una empresa privada para labores de vigilancia.

Igualmente aseguraban en la protesta que otra empresa privada fue delegada para gestionar las marcas de las pruebas físicas, y que en algún caso «resultó extraño que un determinado opositor hubiera realizado la prueba física justo en el límite del aprobad cuando en su percepción óptica y temporal estaban sobradamente fuera del listón del aprobado».

Por último, denunciaban que en el sexto ejercicio de la oposición el secretario del tribunal abrió en privado junto con el gerente los sobres de los ejercicios anónimos.

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