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martes, 23 de abril de 2024
Jesús Fernández Sanz, consejero de Sanidad.
Jesús Fernández Sanz, consejero de Sanidad.
Fernández Sanz explica las modificaciones 02/07/2020julio 9th, 2020 - Toledo

El consejero de Sanidad, Jesús Fernández, ha comparecido hoy públicamente para comentar las medidas de relajación y avance en la desescalada que el Gobierno de Castilla-La Mancha ha aprobado para las próximas fechas.

Entre ellas, las más destacadas se refieren a que se autoriza utilizar el aforo completo en los transportes públicos, en los que el uso de mascarilla es obligatoria.


También se avanza en el aforo permitido en eventos como los congresos o las atracciones recreativas para niños, en los que se podrá ocupar un 75 por 100 de aforo y, por supuesto, mascarilla obligatoria.

Se trata de las modificaciones al Decreto 24/2020 que se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el 20 de junio de 2020, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Fernández Sanz reitera que “ahora más que nunca es muy importante el uso de las medidas preventivas”, tales como el uso de mascarilla, mantener la distancia de metro y medio y el lavado frecuente de manos.

 

«Se afronta un verano de vacaciones con más interés nacional que nunca y ayudaremos a potenciar el interés turístico en la región”, ha afirmado el responsable de la sanidad pública castellano-manchega.

Nuevas medidas y aforo

  • Las nuevas medidas incorporadas que ha dado a conocer el consejero de Sanidad son las siguientes:
  • Se abren parques y jardines, también los que tengan competencia municipal, con las medidas preventivas de mascarilla, higiene de manos y ocupación de espacios guardando metro y medio de distancia.
  • Los locales de ocio nocturno pueden abrir sus terrazas con un aforo máximo del 75 por 100 en interior y sin límite de aforo en el exterior.
  • Límite del 75 por ciento de ocupación para congresos y juegos y atracciones recreativas infantiles.
  • En los transportes públicos y privados se establece de forma obligatoria el uso de mascarilla para todos los usuarios.
  • En el transporte público en autobús podrá ocuparse la totalidad de las plazas que dispongan de asiento.
  • En el transporte público de ámbito metropolitano, además, podrá ocuparse el 75 por ciento de las plazas disponibles de pie, siempre que dispongan de plataformas habilitadas.
  • En las estaciones de autobuses, será obligatoria la utilización de la mascarilla en todo momento, no pudiendo superarse el 75 por ciento del aforo en sus zonas comunes y el tamaño máximo de los grupos será de 25 personas. Se deberá mantener la distancia de seguridad de un metro y medio, y se evitará la concentración excesiva de viajeros y usuarios, a la vez que se recomienda el uso de máquinas expendedoras de billetes o la utilización de tarjetas de transportes, además de medios electrónicos de pago.
  • Los trabajadores de los servicios de transporte que tengan contacto directo con los viajeros deberán ir provistos de mascarilla y extremar la higiene de manos.
  • En los transportes públicos en vehículos de hasta 9 plazas podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo.
  • En los transportes privados particulares y privados complementarios de hasta 9 plazas se exime del uso de mascarillas si todos los ocupantes residen en el mismo domicilio.
  • En las motocicletas, ciclomotores y vehículos categoría L en general podrán viajar dos personas. El uso de guantes será obligatorio por parte del pasajero y también por parte del conductor en el caso de motocicletas y ciclomotores destinados al uso compartido. Podrán viajar tantas personas como plazas tenga el vehículo.
  • En los vehículos en los que únicamente se disponga de una fila de asientos (cabinas de vehículos pesados o furgonetas), podrán ocuparse todas las plazas.
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