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viernes, 19 de abril de 2024
Ya hay un adelanto de la nueva normativa sobre el uso de los patinetes
Imagen de archivo. Foto - Ayuntamiento de Huelva
Normas para patinetes eléctricos - 28 abril 2022

En los últimos años hemos visto como las formas de desplazarse por las ciudades han ido cambiando. El uso, cada vez más frecuente, de los patinetes eléctricos ha provocado la aparición de una nueva normativa dirigida a los usuarios de los denominados Vehículos de Movilidad Personal (MVP).

Así en la provincia de Guadalajara, la Jefatura Provincial de Tráfico, en coordinación con los ayuntamientos de Guadalajara, Azuqueca de Henares, Alovera, Cabanillas del Campo y Marchamalo, ha diseñado una campaña informativa para dar a conocer las normas que tienen que cumplir los usuarios.


Usuarios sin conocimientos de conducción

La campaña está dirigida a mayores de 16 años, centros de trabajo, edificios públicos y tiendas especializadas en estos vehículos. El objetivo es dar a conocer la normativa así como los principales consejos de seguridad ya que, según ha apuntado la subdelegada del Gobierno en Guadalajara, Mercedes Gómez, «muchos de los usuarios no disponen de un permiso de conducción en el que hayan adquirido conocimientos sobre cómo circular de forma segura”.

Dos accidentes con víctima en la provincia

Por el momento, el índice de accidentalidad relacionado con los Vehículos de Movilidad Personal no es alto en el caso de la provincia de Guadalajara aunque sí se han registrado accidentes con víctimas. Concretamente, la subdelegada del Gobierno en Guadalajara ha señalado que el pasado año fueron dos los accidentes con víctimas que viajaban en estos vehículos.

Regulación por ordenanza municipal

Actualmente, la DGT ha elaborado un manual en el que se recogen las bases de las características técnicas que deben cumplir estos vehículos para poder circular por las ciudades aunque son los ayuntamientos quienes deben desarrollar su propia normativa. Por el momento, el único que dispone de ella es el Ayuntamiento de Guadalajara.

Normativa

  • Se considera Vehículos de Movilidad Personal aquellos con una o más ruedas, de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden alcanzar una velocidad entre los 6 y los 25km/h.
  • No pueden circular por las aceras y tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.
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    Sus conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.

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    Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo.

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    En la reciente Ley de Tráfico se establece la obligación a los conductores de VMP, de utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine. En cualquier caso su uso es siempre recomendable.

El jefe Provincial de Tráfico ha avanzado que esta acción informativa tendrá continuidad con otras de carácter formativo donde se tratará también de analizar las principales rutas de tránsito de estos vehículos para trabajar en su integración segura en el tráfico.

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