jueves, 25 de abril de 2024
Imagen de archivo.
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En vigor desde el domingo 25 - 26 octubre 2020

El Gobierno de España aprobó ayer un nuevo estado de alarma con el que se validan varías medidas de implantación nacional para la contención de la expansión de la Covid-19, además de dar marco jurídico a las comunidades autónomas para que moldeen esta figura excepcional a sus territorios, y en esta información vamos a intentar resolver las principales preguntas que se plantean desde que ayer por la tarde entrara en vigor oficialmente la alarma.

¿Qué es y hasta cuando durará el estado de alarma?

El estado de alarma es una de las tres figuras jurídicas que contempla la Constitución para situaciones excepcionales (alarma, excepción y sitio) y está pensada para hacer frente a grandes catástrofes, crisis sanitarias, o paralizaciones graves de los servicios públicos como consecuencia de huelgas o conflictos laborales. En el caso de las crisis sanitarias, dice específicamente para afrontar «epidemias y situaciones de contaminación grave».


En este caso se ha aprobado de nuevo para frenar la expansión de la Covid-19. De momento su duración podría llegar hasta el 9 de mayo, pero a falta de validación en el Congreso, está activo solo por 15 días, hasta el 9 de noviembre.

De aprobarse por seis meses, cada 15 días habrá un nuevo debate sobre el mantenimiento del estado de alarma en el Congreso.

¿Es como el anterior estado de alarma?

No, no es como el anterior estado de alarma. No se obliga al confinamiento domiciliario, limita algunos aspectos que detallamos a continuación, pero muchos están por definir, como la movilidad, que queda en manos de las comunidades autónomas.

¿Habrá confinamiento general de la población?

De momento es un escenario que no se ha aprobado, queda en manos de las comunidades autónomas, quienes actuarán teniendo en cuentan los datos de contagios en su región y ese escenario no está descartado.

¿Se puede salir de casa libremente?

De momento solo hay una restricción horaria para salir de casa, que es desde las 23 a las 6 horas. Las comunidades autónomas podrán modificar esas horquillas una hora arriba y una hora abajo tanto como al inicio como al fin de ese toque de queda. Es decir, podría comenzar entre las 22 y las 00 horas y terminar entre las 5 y las 7 horas.

A pesar de no haber decretado el confinamiento, el Gobierno sí ha pedido que se limiten al máximo los contactos y las reuniones sociales, tanto con amigos, como familiares, con el fin de mitigar la curva de contagios.

¿Hay alguna excepción en el toque de queda?

Sí, hay cuatro supuestos por los que se podrá salir de casa en ese horario: adquirir medicamentos, volver del trabajo, regresar al domicilio y cuidar personas mayores.

¿Salir a correr o a pasear al perro?

En principio quedan cosas por definir y lo harán las comunidades autónomas, pero de momento no parece que se pueda salir para ninguna de esas dos cosas en ese horario, puesto que no entran dentro de los cuatro supuestos que recoge el estado de alarma.

¿Cuantas personas se podrán reunir?

Una de las medidas que recoge el estado de alarma es la limitación de reuniones a seis personas, salvo que sean convivientes.

¿Nos podemos mover libremente entre municipios, provincias y ccaa?

La movilidad de momento no sufre ningún tipo de restricción, salvo en aquellos territorios donde ya tenían limitaciones.

Los movimientos entre poblaciones, como se decía al inicio, serán ahora competencia de las comunidades autónomas, por lo que en estos momentos es posible cambiar de municipio, de provincia y de comunidad autónoma.

En Castilla-La Mancha hoy se conocen las medidas

El Gobierno de Castilla-La Mancha hoy, lunes 26, va a detallar qué medidas suma a las ya propuestas por el gobierno de España. Detallará, entre otras cosas, cuándo cuál será el horario.

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