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martes, 19 de marzo de 2024
Ayuntamiento de Moral de Calatrava, en la provincia de Ciudad Real.
Ayuntamiento de Moral de Calatrava, en la provincia de Ciudad Real.
Crisis del coronavirus - 15 octubre 2020 - Moral de Calatrava

La Consejería de Sanidad, a través de la Delegación Provincial de Sanidad en Ciudad Real, ha resuelto adoptar medidas especiales de nivel 2 en Moral de Calatrava ante la evolución del coronavirus en el municipio.

Entre las semanas epidemiológicas 40 y 41 se han declarado en el municipio un total de 31 casos de COVID-19, lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 588,1 casos por 100.000 habitantes.


Moral de Calatrava, riesgo de transmisión comunitaria

De este modo, la tasa de incidencia acumulada de los últimos 14 días, próxima a 600 casos por 100.000 habitantes; el elevado número de casos registrados en los últimos siete días y la razón de tasas de incidencia entre las semanas 41 y 40 indican que el municipio de Moral de Calatrava se encuentra en un escenario de riesgo de transmisión comunitaria, lo que exige la adopción de medidas de nivel 2, complementarias a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional.

Entre estas medidas, se procede al cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.

Asimismo, se suprime el servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente.

Terrazas de bares y restaurantes

Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería y restauración queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas.

Bodas, bautizos y comuniones

Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características, tanto las celebradas en locales de hostelería y restauración, como las que se lleven a cabo en otro tipo de instalaciones, tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado, siempre garantizando el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.

Se procede asimismo a la suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.

Asimismo, se suspenden las visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros residenciales sociosanitarios. La entrada a estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario. Las viviendas supervisadas y las viviendas para personas con discapacidad quedan exceptuadas del cumplimiento de esta medida, pero deberán observarse todas las medidas preventivas generales, tales como distanciamiento, uso de mascarillas, uso de soluciones hidroalcohólicas y resto de medidas de prevención.

Residencias y viviendas de mayores

No se permitirán salidas salvo razones de fuerza mayor en residencias de mayores y viviendas de mayores. A su regreso, deberán permanecer en cuarentena durante el periodo que esté establecido en los protocolos en vigor en ese momento. Si se podrá permitir el abandono definitivo o traslado temporal a domicilio familiar, siempre por un periodo superior al de vigencia de las medidas especiales en el municipio y previa realización de pruebas diagnósticas según lo establecido en la regulación previa y autorización de la autoridad sanitaria competente.

En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad o de menores, entre otros, estarán permitidas las salidas siempre que la persona no sea sospechosa o presente síntomas compatibles con COVID-19 y que el centro se encuentre libre de COVID en ese momento.

Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas, supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.

Celebraciones religiosas, consumo de alcohol…

Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50 por ciento de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal. Se restringe el número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y en eventos sociales como bodas y bautizos (máximo 25).

Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública.

Se procede a la suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.

Eventos deportivos, culturales…

Suspensión de la actividad de las escuelas municipales (deportes, música, danza, pinturas, idiomas, etc).

Suspensión de eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares.

Cierre cautelar de cines, teatros y auditorios, así como de bibliotecas y museos.

Los hoteles solo podrán contratar el 75 por ciento de su capacidad, y el uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50 por ciento.

Cierre de la piscina municipal y otras instalaciones recreativas o deportivas abiertas al público, independientemente de su titularidad pública o privada. Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25 por ciento de su capacidad.

Mercadillos, parques y jardines…

Suspensión de mercadillos y mercados al aire libre. Se exceptúan aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitando en ese caso su apertura a los puestos dedicados a la comercialización de este tipo de productos.

Cierre cautelar de parques y jardines durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas.

En las tiendas y demás establecimientos comerciales se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.

Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 por ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.

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