El Gobierno regional, a través de la Consejería de Desarrollo Sostenible, publica este lunes 28 de julio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la nueva resolución que regula la actividad de cosechado y empacado de cereal en la región los días en los que el Índice de Propagación Potencial de incendios forestales (IPP) sea muy alto y extremo y cuya aplicación se circunscribe a los terrenos forestales y a la franja de 400 metros próxima.
Consenso
Como ha explicado el viceconsejero de Medio Ambiente, José Almodóvar, “la flexibilización de las medidas ha sido fruto de las conversaciones y del consenso alcanzado entre las diferentes organizaciones agrarias y la Consejería, por lo que hemos decidido establecer la posibilidad de llevar a cabo dicha actividad siempre que se cumplan, entre otras, la condición de suspender la actividad de cosecha y empacado de cereal en el periodo horario comprendido entre las 13:00 y 18:00 horas, coincidiendo con las horas de mayor riesgo de incendio”.
Además, durante la franja horaria en la que está permitida la actividad, se deberá cumplir que, en el inicio de las labores de cosechado, la primera pasada será por el perímetro de la parcela seguida de un pase de cultivador de igual anchura, con el objeto de reducir el riesgo de que un eventual incendio pueda propagarse fuera de sus límites.
Otra persona
También se debe contar con la disposición de un tractor operado por otra persona y equipado con apero de laboreo, tipo cultivador, grada, arado o chisel, con el objeto de hacer una faja en caso de originarse un conato de incendio para evitar su propagación. Esta persona actuará de observador de los trabajos y estará atento a las pasadas de la cosechadora para poder llamar al 112 y proceder a la extinción de un posible conato.
Asimismo, habrá disposición de un vehículo con un depósito de al menos 400 litros de agua y equipo de impulsión de agua con manguera con una longitud mínima de 25 metros para atacar el posible conato de incendio forestal.
La cosecha acumula retrasos importantes
“Esta nueva medida se ha planteado dentro en un contexto en el que, según avanza el verano, todavía en muchas partes de la región la cosecha acumula retrasos importantes, especialmente en las provincias de Cuenca y Guadalajara y, en menor medida, en el resto de provincias”, ha señalado Almodóvar.
“Esta situación, como se nos ha manifestado, afectaba de lleno a muchas explotaciones agrícolas y podía generar importantes desajustes en la planificación de éstas durante los próximos días y semanas hasta completar esta actividad, generando importantes pérdidas económicas. Por lo que esta solución permite alinear los intereses de todas las partes implicadas”, ha dicho el viceconsejero.
Otras actividades permitidas
Además de la actividad de cosechado y empacado, se destaca que también están permitidas las siguientes actividades con IPP extremo: cosecha de leguminosas, papaveráceas, plantas aromáticas, oleaginosas y forrajeras en verde; laboreos y movimientos de tierra para realizar las fajas perimetrales de protección en labores de cosechado; las armas de fuego para la caza, de acuerdo con lo establecido en la normativa cinegética; o la maquinaria y herramientas empleadas en la prevención de incendios, cuando se trate de actuaciones necesarias para la extinción de incendios.
Cabe recordar que estas actividades no necesitan la tramitación de ningún tipo de autorización. Además, hay que señalar que las autorizaciones tramitadas al amparo de la resolución de 27 de mayo de 2025 para trabajar con el IPP muy alto, mantienen su vigencia.