domingo, 4 de mayo de 2025
han descendido un 26 por 100 16/07/2014junio 9th, 2017

Los poderes son documentos públicos autorizados por un notario que permiten a una persona física o jurídica designar a otra como su representante en determinados actos jurídicos. En 2013 se firmaron en Castilla-La Mancha casi 30.300 actos de apoderamiento o poderes. Su número ha ido descendiendo desde 2007, año en que se firmaron más de 41.200 (-26,57 por 100), en consonancia con una menor actividad económica. Sin embargo, «aunque todavía residuales en número, se ha empezado a observar en los últimos años un mayor incremento en los poderes preventivos para el caso de incapacidad física y en otras figuras legales de protección de la persona, como la autotutela, fórmulas que garantizan que se cumplirá la voluntad de una persona si en un futuro no pudiera expresarla», informa en nota de prensa el Consejo General del Notariado.

Otorgar facultades de representación a través de un poder notarial es más frecuente de lo que a simple vista pudiera parecer (en España se firmaron más de 1.100.000 en 2013). Para explicar en qué consisten este tipo de documentos públicos, cuántos tipos existen, quién puede otorgarlos o si una vez transmitidos se pueden anular, etc. el Consejo General del Notariado ha editado 12.500 trípticos informativos para distribuir en las 120 notarías castellano-manchegas sobre «¿Qué es y para qué sirve un poder notarial? ¿Y los instrumentos de protección de la persona?». Este segundo apartado, además de los poderes preventivos, trata sobre la autotutela y sobre el documento de voluntades anticipadas, figuras legales que garantizan que se cumplirá la voluntad de una persona cuando en un futuro no pudiera expresarla.


En el folleto se informa de que «cualquier persona mayor de edad, y en posesión de sus facultades mentales, puede acudir al notario que libremente elija con su DNI y otorgar a otra la facultad de representarle sin que para ello necesite su autorización o que dicha persona esté presente».

En el tríptico informativo se aclara que existen tantos tipos de poderes como actos jurídicos admiten la figura de la representación, excepto el testamento. Por ejemplo, uno de los apoderamientos que se ha incrementado en los últimos años ha sido el poder general de hijos a padres, un poder motivado fundamentalmente por el hecho que los hijos han encontrado trabajo en el extranjero y se ven en la necesidad de delegar en sus padres aspectos relacionados con su patrimonio y sus relaciones jurídicas mientras están fuera de España. De este modo, cualquier incidencia que pueda sobrevenir mientras residen fuera puede ser atendida por los progenitores.

En Castilla La Mancha, el poder ante notario más solicitado es el poder para pleitos, que suponen casi la tercera parte del total, con más de 13.300 realizados en 2013. «Todos los poderes requieren un tratamiento especializado, por lo que es conveniente explicar al notario por qué y para qué se desea realizar un poder. De esa manera el notario asesorará de manera imparcial lo que mejor se ajuste a las necesidades de quien desea otorgarlo, siempre de acuerdo con la ley», explican a través de un comunicado de prensa.

Enclm

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