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lunes, 30 de junio de 2025
Piso turístico.
Piso turístico.
Casi 170.000 en todo el país - 30 junio 2025 - Toledo

1.565 viviendas se han registrado como pisos para alquiler de corta duración, de ellos, 1.434 son para alquiler turístico, es decir, más del 90% de los pisos que han solicitado la obtención del Número de Registro de Alquiler son de alquiler turístico, el resto son para alquiler de temporada.

Toledo aglutina el 40% de los pisos turísticos

Toledo concentra la mayor parte de los pisos turísticos registrados, en torno al 40%, mientras que Cuenca y Ciudad Real, con 21,34% y 15,48%, respectivamente, son las provincias con más pisos turísticos.


De todas las solicitudes realizadas en Castilla-La Mancha, 506 ya son aceptadas de forma permanente, 737 de forma provisional y 322 han sido revocadas al no cumplir con los requisitos.

De este modo, Toledo es la provincia con más pisos turísticos registrados por el momento con 594, seguida por Cuenca con 306, Ciudad Real con 222, Albacete con 168 y Guadalajara con 145.

215.438 solicitudes en todo el país

Desde el pasado 2 de enero, se han registrado un total de 215.438 solicitudes para la obtención del Número de Registro del Alquiler. A partir de este martes, 1 de julio, este código será obligatorio para poder operar en plataformas en línea transaccionales con alquileres turísticos o de temporada, diferenciando si lo son por habitaciones o por vivienda completa, entre otros alojamientos de corta duración y que conlleven una remuneración económica.

España, a través del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, ha sido el primer país de la Unión Europea en aplicar la normativa comunitaria referente a los alquileres de corta duración, cuyos efectos se despliegan plenamente a partir de este martes, tras un período provisional de seis meses en los que los alojamientos se han podido registrar de forma paulatina.

La ministra Isabel Rodríguez ha reivindicado la necesidad de regular este tipo de alojamientos para «acabar con los pisos turísticos ilegales que expulsan a las familias de sus barrios», así como con el fraude en los alquileres de temporada que algunos arrendatarios usan para «especular» con el precio de la vivienda.

Más de 215.000 solicitudes en menos de seis meses

El 2 de enero de 2025 comenzó a funcionar el sistema de registro y, desde entonces, se han realizado 215.438 solicitudes (datos a 30 de junio a las 08.00). De ellas, 94.209 están activas de manera definitiva, 102.732 son provisionales —es decir, pendientes de verificar por el Colegio de Registradores, que tiene un plazo de quince días para hacerlo— y 18.497 han sido revocadas (se incluye tabla territorializada en la última página). De ellas, se han realizado un total de 134.364 solicitudes nuevas en el registro de alquiler de corta duración desde el 1 de junio. Supone un crecimiento en el último mes del 165,73%.

Además, tres de cada cuatro de las solicitudes son para alquiler turístico, el 78,87% del total.

Funcionamiento del registro

La Ventanilla Única Digital de Arrendamientos es una pasarela digital para la transmisión electrónica de datos entre las plataformas en línea de alquiler de corta duración y las autoridades competentes, así como para informar sobre los diferentes usos, regulación y destinos de las unidades dedicadas a alquiler de corta duración en todo el territorio nacional.

Asimismo, el procedimiento para solicitar el número de registro se realiza a través de la sede electrónica del Colegio de Registradores o en el Registro de la Propiedad competente.

La solicitud contiene diferentes elementos identificativos de la vivienda que se va a alquilar: si se quiere dedicar a una finalidad turística o de temporada o si se quiere alquilar o no por habitaciones. Además, si la actividad de destino está sujeta a algún régimen de autorización o inscripción previa administrativa, se debe incluir el documento que lo acredite. Por ejemplo, la licencia para la explotación de una vivienda de uso turístico.

Una vez registrada la solicitud, se otorga un número de registro provisional que permite operar en plataformas en línea y que ha de ser mostrado en cada anuncio. Ese número será activo con carácter definitivo una vez certificado por el Registrador del cumplimiento de los requisitos, y revocado en caso de que no se cumplan y no se subsanen en un plazo oportuno.

Los alojamientos de turismo rural sujetos a una normativa propia que exijan servicios adicionales a los de la simple estancia (desayunos, por ejemplo) no estarán obligados a obtener el número de registro al tratarse de servicios asimilados a los de hospedaje de los hoteles.

Ahora que entran en vigor sus efectos, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana comenzará a dictar resoluciones para requerir a las plataformas que den de baja aquellos anuncios que no tengan número de registro, sea este incorrecto o dado de baja por el Colegio de Registradores, entre otros.

David Romero
David Romero

Periodista conquense. Redactor jefe de encastillalamancha.es. En este medio desde 2016. Escribo sobre política, medio ambiente, sucesos, economía…

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