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viernes, 26 de abril de 2024
Fallo del TSJCM que avala el parque Puy du Fou
Fallo del TSJCM que avala el parque Puy du Fou
Gobierno regional: "una decisión crucial" - 03 mayo 2019 - Toledo

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSCJM) ha rechazado la petición de una plataforma de organizaciones ecologistas de la región para la paralización de las obras del futuro parque temático Puy du Fou en Toledo como medida cautelar.

Parabién  judicial a Puy du Fou

En el auto, recibido este viernes por la Consejería de Fomento, que ha informado del mismo en un comunicado, el tribunal ha acordado que «no ha lugar a la suspensión» del acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha y otros organismos para la puesta en marcha de las obras del Proyecto de Singular Interés (PSI) del parque temático.


El Gobierno regional ha mostrado su «satisfacción» por el auto dictado y ha valorado «de forma muy positiva» que el TSJCM sostenga que «no se puede poner en duda en ningún momento el proceso».

En este sentido, ha considerado la decisión «crucial» para el proyecto dado que, de haberse admitido las medidas cautelares, se habrían paralizado las obras e incluso podría haber «decaído» la iniciativa empresarial en la capital regional, ha alertado.

Según ha explicado el director general de Planificación Territorial y Sostenibilidad, Javier Barrado, el tribunal ha esgrimido como primer argumento para no aceptar el recurso que el propio proyecto recoge un plan de restauración del terreno avalado por varios informes medioambientales del Ejecutivo autonómico.

[ze_summary text=»El PSI contempla que, cuando se desmantele, hay un plan para desmontarlo y la obligación de dejar el terreno en sus circunstancias naturales»]El PSI contempla que, cuando se desmantele, hay un plan para desmontarlo y la obligación de dejar el terreno en sus circunstancias naturales[/ze_summary] 

De este modo, el PSI de Puy du Fou contempla que, cuando se desmantele, hay un plan para desmontarlo y la obligación de dejar el terreno en sus circunstancias naturales, de manera que en caso de tener que parar las obras en un momento determinado también podría restablecerse el terreno y las condiciones medioambientales.

Por lo tanto, Barrado ha resaltado que el auto «vuelve a dar la razón» al Gobierno de Castilla-La Mancha porque ya desestimó, con anterioridad, las medidas cuatelarísimas que pretendían la suspensión del proyecto y ahora no admite las cautelares que exigían los recurrentes.

Además, ha indicado que el Alto Tribunal ha señalado en el auto que el PSI ha pasado por todas las administraciones (estatal, autonómica y local), que lo han aprobado de forma «válida», al mismo tiempo que dice a los demandantes que presenten «argumentos más sólidos» para parar el proyecto porque no ve indicios para hacerlo.

[ze_summary text=»El tribunal no observa ningún tipo de disfunción ni de vicio en la actuación de la Administración regional a la hora de tramitar este proyecto»]El tribunal no observa ningún tipo de disfunción ni de vicio en la actuación de la Administración regional a la hora de tramitar este proyecto[/ze_summary] 

De hecho, «el tribunal no observa ningún tipo de disfunción ni de vicio en la actuación de la Administración regional a la hora de tramitar este proyecto», ha subrayado, tanto en lo que respecta a la tramitación de Fomento como a la de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural.

Es más, reconoce la «pluralidad de participación» de las administraciones y que la tramitación del proyecto ha sido «escrupulosa» y ha revestido al procedimiento «de todas las garantías», así como que la participación de la sociedad ha estado garantizada frente a los argumentos de los recurrentes «tan mínimos que no son importantes», ha concluido.

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