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viernes, 29 de marzo de 2024
Fachada del Hospital General de Tomelloso
Hospital de Tomelloso.
Sucedió el 6 de agosto de 2015 27/03/2017junio 6th, 2017

Esta mala práctica se ejecutó en el Hospital de Tomelloso. La paciente acudió el día 6 de agosto de 2015 para someterse a una histeroscopia quirúrgica para la extirpación de pólipos endometriales.

La operación la realizó una ginecóloga del hospital tomelloseño, quien comunicó que había resultado muy dificultosa por la cantidad de pólipos que encontrados. No obstante, decidió facilitar el alta de la Unidad de Cirugía Mayor Ambulatoria-Ginecología a la paciente en ese mismo día para que continuara con los cuidados en su domicilio.


Pero la paciente nunca llegó a abandonar el Hospital, dado que su evolución después de la operación no fue satisfactoria. La paciente comenzó a desarrollar epigastralgia y distensión abdominal acompañada de náuseas y sudoración, por lo que se decidió su ingreso en planta de hospitalización de Ginecología y su valoración por el Servicio de Cirugía General y Aparato Digestivo, ya que esta evolución no es común después de realizar una histeroscopia. Se solicitó un TAC que reveló la existencia de varias perforaciones. Con tan nefastos resultados se decidió reintervenir a la paciente encontrando una perforación de útero, una lesión en el pedículo y el ovario derecho y tres lesiones a nivel de intestino.

En el postoperatorio la paciente entró en situación de shock y precisó entubación, conexión a ventilación mecánica y traslado urgente a la UCI del Hospital Mancha Centro de Alcázar de San Juan. Allí ingresó en shock séptico, fracaso multiorgánico por las múltiples perforaciones uterinas e intestinales y otra lesión en el uréter que había pasado desapercibida.

«La histecoscopia que se llevó a cabo sin la diligencia técnica debida»

El abogado de los familiares, Álvaro Salinero, abogado de la asociación “El Defensor del Paciente” y de los familiares, ha explicando que estas lesiones fueron ocasionadas “durante la realización de una histecoscopia que se llevó a cabo sin la diligencia técnica debida y sin adoptar unas mínimas cautelas tendentes a evitar tal número de lesiones y perforaciones, y lo que es más importante, sin detectarlas y sin poner los medios para revisar la zona quirúrgica antes de decidir dar el alta a la paciente.  Lamentablemente, cuando la paciente ingresó en el Hospital de General de La Mancha Centro de Alcázar de San Juan el daño ya estaba hecho: la paciente no logró recuperarse a pesar de todos los intentos por parte del equipo médico, falleciendo el 12 de agosto de 2015”.

La resolución emitida por el Sescam concluye que “el acto médico cuestionado no se ajustó a los parámetros de la lex artis. Tanto la historia clínica como los informes médicos disponibles dan por probado que las complicaciones sufridas, que desembocaron en el fallecimiento de la paciente, son de origen yatrogénico, secundarias a la intervención quirúrgica. Por tanto, existe una relación causal entre el acto médico y el óbito de la enferma. Durante la histeroscopia se produjeron una perforación uterina, una lesión en pedículo y ovario derecho, una perforación en sigma, dos perforaciones en colon y una perforación en uréter. Tantas lesiones no pueden incluirse en los parámetros de la buena praxis médica. Ninguna de esas complicaciones figuraba como riesgo personalizado en el consentimiento informado. Además, no concuerda el hecho del carácter dificultoso de la intervención con el hecho de que se le diera de alta tras la cirugía, debiendo proseguir los cuidados en su domicilio”.

Por su parte, la presidenta de la asociación ha dicho que “estamos ante un claro caso de negligencia en el que no ha sido necesario acudir a la vía judicial. Ojalá los Servicios de Salud reconocieran la negligencia cuando ésta tiene lugar, evitando la necesidad de acudir a juicio para hacer valer los derechos de los pacientes”.

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