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jueves, 25 de abril de 2024
El fin de las mascarillas. Ilustración: Cainnezas.
El fin de las mascarillas. Ilustración: Cainnezas.
Primer día del fin de la obligatoriedad - 20 abril 2022 - Toledo

Hoy, martes 20, se ha eliminado la obligatoriedad del uso de las mascarillas en espacios interiores, salvo en centros sanitarios, sociosanitarios y transporte, aunque en muchos lugares todavía cuesta desprenderse del cubrebocas y hay algunas dudas sobre su uso en las empresas y centros educativos.

En los entornos de trabajo su uso queda a expensas de los servicios de prevención de riesgos laborales, que podrían recomendar su uso en el caso de que no su cumpliesen las premisas de distancia social de 1,5 metros y ventilación.


La portavoz duda si se puede poner como obligatoria

La duda surge sobre si se puede imponer la obligatoriedad del uso. En este caso, la portavoz del Gobierno de Castilla-La Mancha, Blanca Fernández, ha expresado que mantiene esa incógnita, aunque en el Real Decreto que explica la obligatoriedad no hay ningún supuesto en el que la obligación se pueda extender a las empresas.

A continuación contamos, punto a punto, los casos donde el Ministerio de Sanidad mantiene el uso obligatorio de las mascarillas y sus excepciones:

  • Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:
    • En los centros, servicios y establecimientos sanitarios según lo establecido en el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, por parte de las personas trabajadoras, de los visitantes y de los pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.
    • En los centros sociosanitarios, los trabajadores y los visitantes cuando estén en zonas compartidas.
    • En los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.
  •  La obligación contenida en el apartado anterior no será exigible en los siguientes supuestos:
    • A las personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
    • En el caso de que, por la propia naturaleza de las actividades, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias.

Fernández, en la rueda de prensa en la que ha explicado los acuerdos del Consejo de Gobierno, ha subrayado que los centros educativos tienen «autonomía» para tomar decisiones sobre el uso de la mascarilla. Pero lo cierto es que según el Real Decreto no la podrían hacer obligatoria, pero sí recomendable.

Salud Pública la recomienda

A pesar de esta eliminación de la obligatoriedad, el director general de Salud Pública de Castilla-La Mancha, Juan Camacho, ha expresado que eso «no quiere decir que no sea recomendable. Cada persona puede tomar la decisión de su uso de forma individual y absolutamente libre». En este sentido, Salud Pública sigue recomendado que las personas lleven mascarilla.

En cuanto a las dudas sobre su uso en los centros de trabajo, Camacho ha explicado que a lo largo del día el Ministerio de Sanidad va a colgar documentos en su web en los que, previsiblemente, se disiparán todas las dudas.

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