Desde este miércoles está en funcionamiento el Canal Externo de Información, impulsado por el Consejo Regional de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla La Mancha, que permitirá denunciar infracciones normativas en el ámbito de la lucha contra la corrupción.
El presidente del Consejo, Fernando Muñoz, ha destacado «la celeridad con la que se ha activado el canal» si se tiene en cuenta que el reglamento que faculta al Consejo para asumir estas funciones se publicó en diciembre pasado, tras su debate y aprobación en las Cortes de Castilla La Mancha en noviembre de 2025, al tiempo que ha valorado como «de nuevo, Castilla-La Mancha cumple en materia de Transparencia y Buen Gobierno», ha informado el órgano en nota de prensa.
Quién puede comunicar y qué puede notificarse
Puede ser informante cualquier persona física que, en el ejercicio de su actividad laboral o profesional en el sector público o privado, haya obtenido información sobre infracciones normativas o hechos relacionados con la lucha contra la corrupción. La información podrá presentarse directamente al Canal Externo o habiendo utilizado previamente un canal interno. El informante no adquiere la condición de interesado, sino la de colaborador con la Administración.
Están incluidas las acciones y omisiones que:
- Puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea cuando afecten al ámbito de aplicación referido en la Directiva (UE) 2019/1937, a los intereses financieros de la UE o al mercado interior.
- Puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave.
Canales de comunicación y datos de contacto
Las comunicaciones al Canal Externo pueden realizarse a través de las siguientes vías:
- Formulario habilitado al efecto (disponible en la sede electrónica del Consejo). Canal Externo CLM.
- Por escrito: correo postal o cualquier otro medio habilitado dirigido al Canal Externo de Castilla-La Mancha.
- Dirección postal: Bajada del Calvario s/n, 45002 Toledo.
- Buzón de correo electrónico: canalexterno@consejotransparenciaclm.es
- Verbalmente, por vía telefónica o mensajería de voz.
- Presencialmente, mediante solicitud de reunión presencial.
Protección del informante y medidas complementarias
El Consejo adoptará las medidas de protección previstas en la normativa aplicable en defensa de la identidad y la integridad del informante. Asimismo, fomentará la cultura de la información y colaborará, en el marco de sus competencias, con otras autoridades y organismos competentes.
