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EN SU SALIDA A BOLSA 25/05/2015junio 8th, 2017

La Sección Primera de la Audiencia de Albacete ha respaldado dos sentencias del juzgado de Primera Instancia número 4 que condenaban a Bankia a devolver el dinero pagado por dos albacetenses que compraron acciones de la entidad en su salida a bolsa, pagando 6.000 y 14.100 euros respectivamente.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha hecho públicas hoy dichas sentencias, respaldando que el contrato de compra de las acciones es nulo porque Bankia promocionó esas acciones con información que «no reflejaba la verdadera situación financiera».


En la primera sentencia, redactada el pasado viernes, la Audiencia Provincial respalda el fallo y rechaza los argumentos del recurso de Bankia, que deberá abonar al accionista 6.000 euros más el interés legal por el contrato que firmó con Bankia el 1 de julio de 2011.

La sentencia señala que la información que Bankia dio para vender acciones fue «incorrecta» y «distó mucho de ser adecuada, correcta y veraz», motivos por los que cabe anular el contrato de compra de acciones.

PUBLICITABA UNA COSA Y SE AUDITABA OTRA

Señala la sentencia que Bankia publicitaba tener 309 millones de euros de beneficio declarado, cuando en las cuentas anuales de 2011, una vez auditadas en mayo de 2012, se reflejaban «unas pérdidas de 2.979 millones de euros».

Bankia alegaba también que estas demandas deben suspenderse a la espera del procedimiento penal que se sigue en a Audiencia, pero el fallo judicial rechaza que no puedan seguirse los procedimientos para anular los contratos de accionistas en la vía civil.

En la segunda sentencia dada a conocer por el TSJ, Bankia tendrá que pagar 14.100 euros y otros 9.000 a dos demandantes atendiendo a los mismos argumentos de que Bankia no ofreció información fidedigna en su salida a bolsa.

En las dos sentencias ganadas por accionistas el abogado es Segundo Dehesa, de un despacho albaceteño.

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