domingo, 6 de octubre de 2024
Tribunales 11/11/2016junio 7th, 2017

Un hombre de 44 años, identificado como C.C.L., ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Toledo a 12 años de prisión y a indemnizar con una multa de 60.500 euros a dos menores de 13 años, de las que abusó sexualmente durante el período comprendido entre los años 2007 y 2013 en Toledo.

La sentencia, consultada por Efe, condena, por una parte, al acusado por un delito continuado de abuso sexual a la hija de su mujer, a 10 años de prisión con inhabilitación absoluta durante todo el tiempo de la condena y, por otra, a dos años de prisión por otro delito de abuso sexual a la hija que tenía en común con su mujer.


Además, deberá indemnizar con 60.000 euros a la primera de ellas, con 500 a la segunda y no podrá acercarse a menos de 300 metros ni mantener ningún tipo de contacto con ninguna de ellas durante el mismo período en que ha sido condenado a prisión.

Según consta en los hechos probados de la sentencia, los abusos a la hija de su mujer comenzaron en el verano de 2007 cuando ésta decidió traer a España a sus hijas menores, residentes en Colombia, para que vivieran con carácter estable junto a la pareja.

En ese momento, la mayor tenía 11 años y, desde que comenzó la convivencia, el acusado -nacido también en Colombia- asumió el rol de padre de las menores y comenzó a introducirse en la cama con la menor y a realizarle tocamientos, con «la clara intención de satisfacer sus deseos sexuales».

Aprovechando la ausencia de la mujer mientras estaba trabajando, el procesado comenzó a progresar en los tocamientos y en los abusos sexuales a la menor, llegando a «consumar la relación sexual», y se prolongaron un período de dos años, momento en el que cambiaron de domicilio.

El condenado se vio favorecido en el logro de sus propósitos con el traslado laboral de la madre a Colombia, quedándose él al cargo de la menor, que, tras un período de dos años de abusos, decidió contar a su madre lo que pasaba en un carta, aunque ésta «no la creyó».

Por estos hechos, que continuaron hasta prácticamente el año 2013, la menor padeció una situación de elevado estrés, compatible con la sintomatología ansioso-depresiva que presentó con posterioridad, si bien tal secuela «se halla en vías de resolución mediante el sometimiento al tratamiento psicológico adecuado».

Los abusos a la segunda menor, la hija de ambos, se produjeron a partir de enero de 2013, después de que en diciembre de 2012 la otra menor de 11 años comenzase a residir, junto a su madre, en el domicilio de la familia del acusado.

Entonces, C.C.L., «guiado con similar ánimo al que presidía su actuar con la primera menor», se introdujo en la cama de su hija e intentó realizar tocamientos que no continuaron porque la menor «paró bruscamente con su mano».

Por este episodio, la menor sufrió una reactividad emocional leve, compatible con haber experimentado cierto grado de estrés, preocupación o miedo y atribuible en causa-efecto al hecho vivido.

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