El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el incidente de nulidad de actuaciones que presentó el Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura (SCRATS), contra la sentencia de mayo en la que el Alto Tribunal rechazó el recurso que presentó esta entidad contra el Plan Hidrológico del Tajo.
La Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía ha dado a conocer este jueves en una nota de prensa la desestimación del incidente de nulidad presentado por los regantes contra la sentencia del 13 de mayo, en la que el Alto Tribunal rechazó íntegramente el recurso que presentaron contra el Plan del Tajo, y ha subrayado que contra este auto del Supremo no cabe la presentación de un recurso.
Podrían acudir al TC
Aunque ha puntualizado que el SCRATS aún podría acudir al Tribunal Constitucional (TC) en defensa de derechos fundamentales «forzando hasta el extremo el recorrido judicial de una controversia sobre la que el Supremo ya se ha pronunciado reiteradamente».
Al respecto, los ribereños han destacado que el Supremo recuerda en el auto que un incidente de nulidad es un mecanismo extraordinario y excepcional, y no una nueva instancia para volver a plantear cuestiones que ya han sido estudiadas y resueltas mediante sentencia firme.
Asimismo, el Tribunal Supremo apunta que «buena parte de las alegaciones del SCRATS pretendían reabrir debates ya examinados sobre la legalidad del Plan Hidrológico del Tajo, la regulación del trasvase, la coordinación entre cuencas o la determinación de los caudales ecológicos», ha indicado la Asociación de Municipios Ribereños de Entrepeñas y Buendía.
Ribereños: «Argumentos que no se sostienen»
Los municipios ribereños han celebrado que se trata «de un nuevo pronunciamiento contundente del Tribunal Supremo y vuelve a dejar claro que los argumentos utilizados contra los caudales ecológicos no se sostienen».
Castro ha añadido que los regantes «están en su derecho de utilizar las vías que permita el ordenamiento jurídico, pero llega un momento en el que hay que preguntarse hasta dónde se pretende estirar una cuestión sobre la que el Tribunal Supremo se ha pronunciado ya de manera reiterada».
Esta nueva resolución «se suma a una larga sucesión de pronunciamientos del Tribunal Supremo contrarios a los recursos planteados contra la planificación hidrológica del Tajo y consolida un escenario jurídico cada vez más claro», ha subrayado Castro, que ha considerado que se debe avanzar en la aplicación de los caudales ecológicos en el río que establece el plan hidrológico de la cuenca.
«El Gobierno de España debe avanzar ya en la aplicación efectiva de los caudales ecológicos y en la modificación de unas reglas de explotación que fueron diseñadas para una realidad anterior a la actual planificación hidrológica», ha recalcado.