martes, 15 de octubre de 2024
Artículo de opinión de Pablo José Corrales Aragón 17/03/2015junio 8th, 2017

«Recientemente, en algún foro, leí a un compañero abogado que decía algo así como que “los alemanes solo desconocen dos cosas, a saber: qué contiene una salchicha y cómo termina un pleito”.

Convencido de que los alemanes tienen alguna que otra duda además de las indicadas, esa afirmación me llevó a pensar que la incertidumbre, la duda y la inseguridad van en la esencia del pleito y, ello, igual en España, en Alemania o en la Cochinchina.


Pudiendo, como pueden, todos los conflictos ser afrontados desde varias perspectivas, lo que nos resulta incómodo, nos pone nerviosos, nos hace dudar, es el modo en que nuestro problema será resuelto por el juez, que lo único que sabrá de él es lo que conste en autos. Y yo me pregunto ¿Puede todo un conflicto constar en autos con todas sus ramificaciones y emociones? La respuesta me resulta obvia: nunca.

La aparición de los sistemas alternativos -a la justicia tradicional- de resolución de los conflictos  (ADR´s, por sus siglas en inglés –Alternative Dispute Resolutions-) en Estados Unidos, entre las que destaca la mediación, y siendo aquél un país que cree, confía, admira y, esencialmente, respeta su sistema judicial, generó una cierta desconfianza en los operadores jurídicos tradicionales (abogados, jueces, etc.). Pero la ciudadanía americana, pragmáticos ellos, pronto descubrió las grandes ventajas de la mediación: una, es voluntaria, es decir, se le puede poner fin sin ningún requisito y, lo que es más importante, sin ninguna consecuencia; dos, ahorra tiempo y  dinero; tres, es confidencial (cuestión clave en muchos asuntos); cuatro, la solución la alcanzan las partes por lo que es una solución específica para su problema; cinco, la mediación finaliza bien con un acuerdo voluntario entre las partes patrocinado por un mediador o bien sin acuerdo (el acuerdo no es obligatorio); seis, haya o no haya habido acuerdo, se favorece y se restablece la comunicación entre las partes; siete, se posibilita el  restablecimiento de la relación; ocho, las partes se demuestran así mismas su capacidad para resolver sus propios problemas; nueve, concienciación social de las partes enfrentadas (la judicialización de un conflicto supone el empleo de unos 3.000 euros -de media por asunto- de dinero público para resolver un problema que, las más de las veces, es esencialmente privado); 10, las partes, durante la mediación, trabajan con el mediador y se esfuerzan para conseguir demostrarse a sí mismos su responsabilidad y madurez a la hora de resolver sus propios conflictos; 11, quien ha probado la mediación, repite; 12, el hecho de que se haya intentado una mediación no impide ni limita, ni condiciona el que las partes acudan al juzgado, en el caso de no haber alcanzado un acuerdo; 13, el porcentaje de cumplimiento voluntario de los acuerdos de mediación prácticamente duplica al de las sentencias judiciales.

La implantación de la mediación, con la previa experiencia anglosajona, se ha convertido o mejor, se está convirtiendo, en un hecho imparable en todo el ámbito occidental, España incluida. La Unión Europea no tardó en hacerse eco en 2008 de las bondades de la institución, promulgando una directiva sobre mediación que dio lugar a la Ley 5/12, sobre mediación civil y mercantil, al no ha tenido el efecto deseado. Hace un año, un concienzudo estudio de 230 folios del Parlamento Europeo ponía encima de la mesa el escaso impacto de la mediación en Europa, cuestionándose la oportunidad de nuevas medidas para impulsar su desarrollo.

La mediación es un instrumento eficaz, efectivo y eficiente para la resolución de conflictos, está al alcance de todos y dentro de él se ataca el conflicto desde todos los flancos posibles (hecho éste impensable en un conflicto judicializado) y, precisamente por esto, terminará por imponerse, se convertirá en algo cotidiano, simplemente, por razón de sus propias virtudes  y como consecuencia lógica del colapso del sistema tradicional (los juzgados).

Recientemente, mi compañero Juan Acuñas me comentó un paralelismo entre el ladrillo-móvil y la mediación con el que estoy totalmente de acuerdo. “¿Quién no recuerda al principio, cuando el hecho de estar en la calle hablando por el ladrillo-móvil era algo tenido por cosas de un…? (que cada uno ponga el adjetivo). Sin embargo, hoy en día, no solo contestamos el móvil cuando vamos caminando, sino que no dudamos en sacarlo y ponernos a llamar a cualquiera para algo urgente o por puro placer, o nos ponernos a whatssapear, a jugar, a ver el periódico, el Facebook, el Twitter, a pagar la zona azul, etc. Y ya casi nadie piensa que los demás estén “atontaos”. ¿Qué ha pasado, entonces, para que se produzca este gran cambio? La respuesta es muy sencilla: el teléfono móvil (hoy ya no es un ladrillo) nos aporta rapidez, cercanía, nos ahorra pasos y nos permite dedicar nuestro mayor esfuerzo a desempeños más importantes. Lo mismo ocurrirá con la mediación: hoy somos unos “raros” pero dentro de muy poco seremos todos igual de “raros”»

Pablo José Corrales Aragón es abogado y mediador social y familiar.

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