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lunes, 20 de mayo de 2024
Puerta de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural.
Puerta de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural.
Regula la acreditación de la identidad del personal que realice funciones de inspección - 09 mayo 2024 - Toledo

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este jueves la Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural por la que se regula la acreditación de la identidad del personal que realice funciones de inspección y se crea el Registro de Inspectores de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

El Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que los interesados en un procedimiento administrativo tienen derecho a identificar a las autoridades y al personal al servicio de las Administraciones Públicas bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos.


Funciones de inspección

Entre las funciones de inspección se recogen las de detectar y evidenciar los riesgos de fraude, adulteración o falsificación; las prácticas no autorizadas, prohibidas, antirreglamentarias o clandestinas de los productos agroalimentarios, y los conductos que puedan afectar negativamente o que perjudiquen los intereses económicos del sector agroalimentario o de los consumidores, y la de impulsar el trámite de las acciones correctivas o punitivas derivadas de las presuntas infracciones detectadas en las acciones de control.

La Orden tiene por objeto regular la acreditación de la identidad del personal de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural que realice funciones de inspección en sanidad vegetal, en materia de calidad agroalimentaria, incluida la cadena alimentaria, de la sanidad animal, bienestar animal y viticultura, y la creación del Registro de inspectores de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

El número de identificación profesional del personal (NIP) que realice funciones de inspección se asignará con carácter único, personal, intransferible y definitivo para cada persona inspectora en activo.

Las actas, denuncias, informes y demás documentos expedidos por el personal al que se refiere esta orden respecto a hechos conocidos y verificados en su condición de agentes de la autoridad, deberán ir convenientemente rubricados, haciendo constar el NIP.

La identificación del personal que realice las funciones de inspección se realizará a través de la tarjeta de identificación profesional (TIP), que acredita la condición de inspector/a al servicio de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, y que está obligado a portar en el ejercicio de sus funciones.

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