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sábado, 20 de abril de 2024
El asesino de Cristina Martín entrando en la Audiencia de Toledo.
El asesino de Cristina Martín entrando en la Audiencia de Toledo. Foto - Rebeca Arango
Sentencia de la Audiencia de Toledo - 22 septiembre 2020

José Rafael G.S. ha sido condenado a 23 años de prisión por asesinar a su mujer, Cristina Martín, con alevosía y con los agravantes de parentesco y género.

Según la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Toledo, también se le retira la patria potestad de la hija del matrimonio y se le impide acercarse a menos de 300 metros a su residencia o a cualquier lugar que frecuente por un periodo de seis años más al de la pena de prisión impuesta.


El condenado por asesinato también deberá pagar una indemnización de 150.000 euros a su hija, 100.000 a cada uno de los progenitores y 50.000 a la hermana de la víctima.

La sentencia llega después del veredicto de culpabilidad que emitió el jurado popular que juzgo este repetición del juicio por el asesinato de Cristina martín, que tuvo que volver a celebrarse después de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha anulase la sentencia de prisión permanente revisable a la que fue condenado tras el primer juicio.

Tal y como se señala en la sentencia, no procede la pena de prisión permanente revisable, solicitada por el Ministerio Fiscal y las acusaciones, ya que al haberse considerado el delito de asesinato con alevosía, que implica tener en cuenta la indefensión de la víctima, no puede volver a tenerse en cuenta la especial vulnerabilidad de la víctima (asesinato hiperagravado que conlleva la pena de prisión permanente revisable).

Esta conclusión se basa en el principio non bis in ídem, consistente en la prohibición de que un mismo hecho sea sancionado más de una vez.

De este modo la pena será más leve para el asesino, después de quedar demostrado que en febrero de 2017 José Ramón quitara la vida a su mujer asestando «dos cuchilladas en la zona del tórax en toda la longitud de la empuñadura hiriendo a la víctima en la mano y causando la muerte casi inmediata al afectar al pulmón izquierdo y al corazón», tal y como emitió como hecho probado en su veredicto por unanimidad el tribunal del jurado popular.

Se trata de la sentencia correspondiente al juicio con jurado popular, que fue celebrado por segunda vez del 7 al 12 de septiembre y cuyo veredicto fue devuelto hasta en dos ocasiones, y que finalmente declaró por unanimidad a J.R.G.S, culpable de matar a su mujer en la localidad toledana.

En breves momentos ampliaremos esta información.

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