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Condenada por difundir tuits sobre el atentado contra Carrero Blanco 30/03/2017junio 6th, 2017
Agustín Yanel Agustín Yanel

Los humoristas Tip y Coll publicaron hace 33 años un chiste sobre el almirante Carrero Blanco, que fue nombrado por Franco presidente del Gobierno y murió víctima de un atentado de ETA. Ahora, 43 años después de ese atentado, una joven ha sido condenada a un año de cárcel y siete años de inhabilitación absoluta para ocupar cargos públicos porque ha difundido varios comentarios jocosos sobre Carrero. Es una prueba más de que, en lo referido a libertad de expresión, en España caminamos hacia atrás, como los cangrejos. Esa condena no solo significa que la joven Cassandra Vera -que así se identifica en Twitter- tendrá antecedentes penales, sino que pierde el derecho a estudiar con beca en la Universidad y no podrá presentarse a las oposiciones para dar clases en un centro público.

Un chiste de Tip y Coll

En un libro titulado TipyColl-orgía, publicado en 1984, esa genial pareja de humoristas incluyó el siguiente comentario sobre Carrero Blanco: «De todos mis ascensos, el último fue el más rápido». Hacían referencia, en tono humorístico, a que la explosión que costó la vida a Carrero hizo que su coche oficial se elevara en el aire unos 35 metros sobre el suelo.


A Tip y Coll no les ocurrió nada por publicar ese chiste, porque se trataba solo de un chiste que puede gustar o no, pero que es humor. A Cassandra, una estudiante de historia de 21 años, le ha caído una condena por publicar en Twitter 13 mensajes humorísticos sobre el almirante franquista, entre diciembre de 2014 y enero de  2015.

Tampoco les ha ocurrido nada a otros personajes públicos que han hecho chistes sobre Carrero, Irene Villa u otros atentados, porque siempre se han aceptado como humor, hayan sido más acertados o menos, e incluso repugnantes. Pero en los últimos años las cosas han cambiado… a peor.

«Un absoluto disparate»

En enero último, cuando se conoció que el fiscal solicitaba dos años y medio de cárcel y tres años de libertad vigilada para Cassandra Vera, una nieta de Carrero Blanco publicó una carta en el diario El País en la que pedía a la Fiscalía que retirara esa petición de condena, porque la consideraba «desproporcionada y un absoluto disparate». Vamos, que no se sentía «humillada» por los chistes sobre su abuelo, que es por lo que han condenado a la joven que los tuiteó. «Me asusta una sociedad en la que la libertad de expresión, por lamentable que sea, pueda acarrear penas de cárcel», escribió.

Las leyes españolas castigan los llamados delitos de opinión, como el enaltecimiento del terrorismo, la humillación a las víctimas, las injurias o las calumnias. Muchos juristas sostienen que para condenar a una persona por esos delitos es necesario que, cuando alguien difunde un mensaje de ese tipo, hay que demostrar que tenía la intención de provocar el daño. En este caso el fiscal no ha tenido en cuenta eso, ni tampoco que el Tribunal Constitucional ha dicho en multitud de ocasiones que las condenas que supongan limitar derechos fundamentales deben ser impuestas de manera muy restrictiva.

No vale todo en internet, desde luego. Pero tampoco vale todo a la hora de condenar y hay que hacerlo con la ley y con sentido común. Los jueces aplican las leyes, que todavía permiten imponer condenas como ésta en España, pero también deben interpretarlas teniendo en cuenta la jurisprudencia existente y la realidad concreta de cada caso.

Chistes de mal gusto o repugnantes

De vez en cuando salta la polémica porque alguien lanza por las redes sociales chistes de mal gusto, repugnantes y muy criticables. Pero en esos casos hay que tener en cuenta que la libertad de expresión es un derecho constitucional, aunque no sea ilimitado. En España, lamentablemente, este derecho no está protegido lo mismo que lo está en otros países europeos de nuestro entorno y en otros de todo el mundo.

La condena a Cassandra Vera no es la única que ha habido en los últimos años, en los que las llamadas Leyes Mordaza han restringido innecesariamente la libertad de expresión y opinión de los ciudadanos en general y de los periodistas y activistas sociales de manera especial. Para eso han servido la nueva Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana y las dos modificaciones del Código Penal que aprobó el Congreso cuando el PP tenía mayoría absoluta.

Hay que repetirlo: no todo vale en las redes sociales, y hay conductas que deben ser castigadas con proporcionalidad al daño ocasionado. Pero eso no debe ser excusa para restringir el derecho a la libertad de expresión y opinión de la ciudadanía, ni siquiera con la excusa de luchar contra el terrorismo, algo que todos compartimos pero que no hace necesaria esa limitación de derechos.

Casos tan vergonzosos para la democracia como el de Cassandra Vera

Ahora que en el Congreso no hay un partido político con mayoría absoluta ha llegado el momento de que los grupos parlamentarios se planteen la necesidad de revisar los delitos de opinión que se castigan en el Código Penal, para acomodar nuestras leyes a los parámetros que existen en la Unión Europea en materia de libertad de expresión. Solo de esa manera se evitará que se repitan casos tan vergonzosos para la democracia como el de la joven Cassandra Vera y otros parecidos de los últimos años.

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