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sábado, 20 de abril de 2024
Alberto Rodríguez, de IU, vuelve a ser el alcalde de Añover de Tajo gracias al apoyo, de nuevo, del PP.
Alberto Rodríguez, alcalde de Añover de Tajo.
Derecho a la participación política - 11 octubre 2021 - Añover de Tajo

Los Tribunales de Justicia han dado la razón al PSOE, quien presentó un recurso ante el Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Toledo contra la Alcaldía del Ayuntamiento de Añover de Tajo por no facilitar la documentación e información solicitada para el ejercicio de su labor de control y fiscalización a los órganos de gobierno, tal y como ha informado el PSOE en un comunicado.

IU gobierna gracias al apoyo del PP.


Primera instancia falló en octubre de 2019 a favor del Grupo Socialista considerando vulnerado su derecho fundamental consagrado en el artículo 23 de la Constitución Española, su derecho de acceso a la información para el ejercicio de funciones inherentes al ejercicio de cargo público, y condenando, por tanto, al Ayuntamiento a facilitarles la información solicitada y, además, con expresa condena en costas al Ayuntamiento.

El alcalde de Añover de Tajo recurrió y recurrió, pero…

Dejaba claro la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo que no se puede considerar que el alcalde hubiera facilitado la información que le había sido solicitada por la oposición simplemente por haber dado cuenta de los decretos de Alcaldía en el pleno, como argumenta el Ayuntamiento en su defensa.

Así mismo, en el fallo se dice que “la concreta información solicitada por los concejales en funciones de oposición no ha sido atendida y, por tanto, el alcalde ha vulnerado el derecho a la participación política de los mismos”.

Sentencia que el alcalde de Añover decidió recurrir ante la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, la cual desestimó en septiembre de 2020 dicho recurso, dando de nuevo la razón al Grupo Socialista en la reclamación de su derecho fundamental a acceder a la información municipal negada en reiteradas ocasiones, e imponiendo también las costas procesales de esta segunda instancia al Ayuntamiento.

Las costas procesales deberá pagarlas el ayuntamiento

También esta sentencia fue recurrida por el alcalde de Añover de Tajo presentando contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, quien de nuevo, en julio de 2021, se ha pronunciado contra la Alcaldía considerando “no fundamentado suficientemente que concurriesen alguno o algunos de los supuestos que permiten apreciar el interés casacional”.

Y nuevamente, imponiendo el Tribunal Supremo las costas procesales de este procedimiento al Ayuntamiento.

El Grupo Municipal Socialista valora positivamente estos pronunciamientos de la justicia que avalan su derecho a consultar, revisar y examinar la documentación e información municipal, imprescindible para ejercer su labor de oposición y cumplir con las responsabilidades que les han otorgado los vecinos y vecinas de Añover de Tajo.

Así como, critican que el empecinamiento del alcalde de Añover de Tajo en prolongar el proceso hasta en tres instancias judiciales, Juzgado Contencioso Administrativo Número 1 de Toledo, Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha y Tribunal Supremo, le va a suponer a las arcas municipales un desembolso que puede ser superior a los 7.000 euros, ya que las sentencias de los tres tribunales, además de dejar claro que ha vulnerado la Constitución Española, condenan al Ayuntamiento a asumir los gastos de los tres procedimientos.

Un gasto que Alberto Rodríguez podría haber evitado a la ciudadanía si hubiera respetado la ley y hubiera cumplido su obligación de poner a disposición del Grupo Municipal Socialista la información solicitada y que, esperamos, ahora ponga a nuestra disposición sin objeciones, tal y como le exige la justicia y como ya hemos solicitado por escrito al Gobierno municipal de IU y PP.

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