jueves, 25 de abril de 2024
PP, PSOE, Ganemos y C's, todos a una 10/10/2016junio 7th, 2017

Los cuatro partidos políticos del Ayuntamiento de Talavera (PP, PSOE, Ganemos y Ciudadanos) ha decidido en Pleno pedir a los grupos parlamentarios representados en el Congreso de los Diputados la presentación y la aprobación de una Proposición No de Ley para modificar la gestión del Tajo, y supeditar el Tajo-Segura a las propias demandas ecológicas del río

Imagen del pleno de hoy en Talavera en el que todos los grupos se han unido en defensa del Tajo.


La Corporación municipal del Ayuntamiento de Talavera aprueba por unanimidad, en Pleno Extraordinario -en base a una propuesta inicial de Ganemos Talavera-, donde se insta a todos los grupos parlamentarios a presentar una Proposición No de Ley para reclamar al Gobierno la revisión de la gestión del Tajo y del trasvase Tajo-Segura, así como la adecuación de la gestión del río a lo establecido en la Directiva Marco del Agua, y su transposición a la legislación española. En especial lo relativo a la fijación de caudales ecológicos, y no los denominados «legales» actuales.

De igual manera, el Pleno ha aprobado sumarse al recurso que el Gobierno de Castilla-La Mancha interpondrá a los tres trasvases de un total de 60 hm3 autorizados hace unos días por el gobierno estatal en funciones para este último trimestre del año 2016.

LA PETICIÓN, ÍNTEGRA

Los cuatro grupos políticos han remitido el texto íntegro de la petición, que reza así:

«La publicación en el Boletín Oficial del Estado del pasado día 5, de la Orden AAA/1589/2016, de 3 de octubre, por la que se autoriza un trasvase de 60 hm³ desde los embalses de Entrepeñas-Buendía, pese al bajísimo nivel de las reservas en cabecera del Tajo (17 por 100 oficial, con tan solo algo más de 200 hm3 reales de agua almacenada -una vez descontado el volumen muerto por aterramiento del vaso de los embalses- sobre un total de 2.440 hm3), hace saltar todas las alarmas, y en especial en Talavera de la Reina, donde llevamos meses con el río estancado, y donde venimos denunciando reiteradamente que la legislación vigente no establece un régimen de caudales ecológicos, sino un mero caudal “político” eufemísticamente denominado legal, que no son sino las sobras del trasvase Tajo-Segura.

El vigente Plan de cuenca del Tajo está recurrido ante el Tribunal Supremo por colectivos y plataformas ciudadanas, entre ellas por la Plataforma en defensa de los ríos Tajo y Alberche de Talavera de la Reina. Pero también por los Ayuntamientos de Talavera de la Reina, Aranjuez y Toledo. Y por el Gobierno de Castilla-La Mancha. Se han presentado Quejas ante la Comisión Europea, y el dictamen de los Eurodiputados del Comité de Peticiones del Parlamento Europeo, que visitaron el Tajo el pasado mes de febrero, aunque no vinculante, dejó muy clara la torticera gestión del Tajo por el gobierno central, y la necesidad de variar inmediatamente su rumbo para garantizar el cumplimiento tanto de las leyes y directivas europeas, como su transposición efectiva y fidedigna al corpus legislativo español.

Por todo ello, el Ayuntamiento de Talavera de la Reina, tras acuerdo plenario del lunes 10 de octubre, solicita a todos los Grupos Parlamentarios del Congreso de los Diputados, presentar ante esta Cámara una Proposición No de ley solicitando al Gobierno de España la revisión inmediata de la gestión del río Tajo y del trasvase Tajo-Segura.

Con esta iniciativa esperamos que el órgano legislativo tome consideración sobre el siguiente:

Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro, en lo relativo al Plan de cuenca del Tajo, y concretamente en lo especificado en la Disposición final primera, donde se recoge la Modificación de los planes de sequía, punto b) Demarcación hidrográfica del Tajo. Los umbrales actuales de normalidad, prealerta, alerta y emergencia (establecidos en la Disposición adicional quinta de la Ley 21/2015, de 20 de julio, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y en el artículo 1 del Real Decreto 773/2014) quedarán sin vigor, y quedarán definidos nuevamente de acuerdo a los umbrales necesarios para garantizar el caudal mínimo ecológico, basado en el Q25 determinado para estas masas del río Tajo en el Anejo 5 de la Memoria del Plan de 2014:13,69 m³/s en Almoguera; 14,06 m³/s en Aranjuez; 26,52 m³/s en Toledo; y finalmente 30,41 m³/s en Talavera».

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