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domingo, 13 de octubre de 2024
Imagen de un control en una de las salidas de Bolaños de Calatrava.
Imagen de un control en una de las salidas de Bolaños de Calatrava.
entra en vigor este mismo jueves - 01 octubre 2020

La Consejería de Sanidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha aprobado una orden por la que se acuerdan medidas especiales para el control del cumplimiento de las obligaciones de aislamiento para la contención de la expansión de la Covid-19, que recoge la posibilidad de dar los datos de las personas confinadas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

La orden, publicada este jueves en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) consultado por Efe y que entra en vigor este mismo jueves, recoge que las personas afectadas de Covid-19 o sospechosas de tenerlo tienen obligación de guardar confinamiento y, en caso de que no lo hagan de forma voluntaria, se remitirán sus datos personales a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y a las policías locales, para que comprueben que respetan la cuarentena.


En concreto, la orden especifica que las personas contagiadas de Covid-19 o sospechosas de haber si tienen la obligación de guardar aislamiento, es decir, permanecer en el lugar que se les indique durante el plazo establecido en cada caso, sin posibilidad de desplazarse ni de relacionarse con otras personas.

Ambos casos conllevan el deber de confinamiento de la persona o del grupo de personas afectadas o sospechosas de haber sido contagiadas y su duración dependerá de las indicaciones de la autoridad sanitaria.

La comunicación del confinamiento se realizará de forma verbal, por medios telemáticos o telefónicos, a la persona o personas afectadas por la autoridad o los servicios afectados y surtirá efecto de inmediato y de la obligación y de la comunicación se dejará constancia en la historia clínica del paciente.

Si no se colabora, será comunicado a la autoridad judicial 

La orden, que está firmada por el consejero de Sanidad, Jesús Fernández Sanz, especifica que la obligación de confinamiento se cumplirá, preferentemente, instando a la colaboración voluntaria de las personas obligadas, aunque si no se colabora, se podrá requerir la adopción de resoluciones, individuales o colectivas, de imposición coactiva que, en caso de que puedan suponer restricción de derechos fundamentales, se comunicarán también al Gabinete Jurídico para que solicite la ratificación ante el órgano judicial competente.

En estos casos, los datos personales podrán ser comunicados por la autoridad sanitaria a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y a las policías locales, utilizando, si es preciso, medios telemáticos que garanticen la actualización permanente y la posibilidad de acceso continuo por parte de la autoridad policial y los servicios competentes para el control de la obligación de confinamiento, incluida la inspección de educación y los servicios públicos de emergencia cuando se les encomiende esta tarea.

La orden especifica que todas las autoridades y empleados públicos que intervengan en la aplicación de estas medidas están obligados a tratar los datos personales según la Ley Orgánica de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y tratar dichos datos con licitud, lealtad, limitación de la finalidad, exactitud y minimización de datos, así como a guardar el secreto.

En la orden, se concreta que la Consejería de Sanidad dará traslado de esta orden a la Delegación del Gobierno y a todos los ayuntamientos de Castilla-La Mancha, a efectos de recabar su cooperación y colaboración, en su caso, a través de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado y de la policía local, para el control y aplicación de las medidas adoptadas.

La Consejería de Sanidad también dará traslado de esta orden a la jurisdicción contencioso-administrativa para solicitar la ratificación judicial prevista por ley.

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