miércoles, 24 de abril de 2024
En la foto, Ayuntamiento de Villacañas
En la foto, Ayuntamiento de Villacañas
Ahora debe tomar otras algo menos restrictivas - 26 septiembre 2020 - Toledo

La Consejería de Sanidad ha anunciado que tras la finalización del plazo de las medidas especiales específicas de la localidad de Villacañas, levanta las mismas, por lo cual la localidad ahora se suma a las medidas especiales de la provincia de Toledo.

Las «nuevas» medidas en Villacañas 

En nota de prensa, el Gobierno regional ha recordado que estas medidas abarcan el cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.


En bares, restaurantes y establecimientos de hostelería similares, el aforo se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente para consumo en el interior del local.

Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

Centros sociosanitarios

Respecto a los centros sociosanitarios, se procede a la suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día y Servicios de Estancias Diurnas y a la supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios en los que residan personas consideradas vulnerables.

La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.

No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (asistencia sanitaria o deber inexcusable de carácter público), y siempre extremando las medidas de protección durante dicha salida y las de higiene a su vuelta. Al reingreso deberán establecerse medidas de aislamiento para el residente durante 14 días.

Los residentes con IgG positiva previa o que hayan superado el Covid-19 en el plazo de los seis meses previos (considerando caso con infección resuelta) no precisarán de dicho aislamiento preventivo.

Un PCR para descartar

A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por Covid-19.

Respecto a las actividades religiosas de ámbito social, todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.

Se procede a la restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10) y se restringe el número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25).

Medidas complementarias

Como medidas complementarias, se procede a la suspensión de eventos deportivos con asistencia de público promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares. Se podrá valorar su autorización en el caso de realizarse sin asistencia de público.

Se establece un aforo máximo del 50% en cines, teatros y auditorios y un aforo máximo del 50% en bibliotecas, museos y visitas a monumentos.

Hoteles

Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%. Se permiten los espectáculos taurinos con un aforo máximo del 50% del autorizado previamente.

Podrán llevar a cabo su actividad mercadillos y mercados al aire libre, con un máximo del 30% de los puestos habitualmente autorizados.

En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénicosanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento.

Higiene de manos

Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable y que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.

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