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martes, 3 de febrero de 2026
Foto de archivo de dinero
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Ya aparece en el DOCM - 03/02/2026 18:41 - Toledo

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado este martes la orden de la Consejería de Sanidad en la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para personas con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) y otras enfermedades de alta complejidad irreversibles.

La orden publicada en el DOCM, consultado por EFE, ha recordado que desde 2022 la Consejería de Sanidad publica convocatorias de subvenciones destinadas a personas con enfermedades raras, en las que se incluía a pacientes afectados por ELA, si bien ha señalado que la especial situación de gravedad, urgencia y complejidad asociada tanto a la ELA como a otras enfermedades de curso irreversible, justifica la creación de una línea de subvención específica.


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Por lo tanto, ha subrayado que la finalidad de estas ayudas es mejorar la calidad de vida de personas con ELA y otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible, ya que se reconoce la especial situación de vulnerabilidad que afrontan estos pacientes y sus familias, para lo cual se presta apoyo económico a los gastos asociados a estos procesos patológicos, así como a recursos especializados.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas con un diagnóstico de ELA confirmado o sospecha de padecer la enfermedad y también quienes tengan otras enfermedades o procesos de alta complejidad y curso irreversible, neurológicas y no neurológicas.

Requisitos, cuantía, plazos…

Los únicos requisitos para ser beneficiarios de estas ayudas es acreditar el diagnóstico de la enfermedad o sospecha de padecerla con un informe médico y llevar seis meses empadronado en Castilla-La Mancha antes de solicitar la ayuda, si bien este extremo no se requerirá para personas refugiadas o víctimas de violencia machista.

El plazo de presentación de las solicitudes se determinará en la correspondiente convocatoria y las subvenciones se concederán por el procedimiento simplificado de concurrencia.

Además, la cuantía a conceder será determinada anualmente en la convocatoria, sin que la misma pueda ser superar los 6.000 euros por persona beneficiaria, en función de las disponibilidades presupuestarias.

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, a contar desde la presentación de la solicitud de subvención.

Estas subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración pública, así como de la iniciativa privada, siempre y cuando quede reflejado en la documentación aportada por la persona solicitante, excepto las subvenciones recogidas en la orden de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones destinadas a la atención a personas con enfermedades raras y sus familias para el desarrollo de actividades, prestación de servicios y adquisición de material en Castilla-La Mancha.

Enclm/Efe

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