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sábado, 4 de mayo de 2024
Marian T., el principal acusado. Foto: EFE/Ismael Herrero / POOL.
La Audiencia Provincial de Toledo condena a 12 años de prisión al acusado de estrangular y matar a otro hombre en San Pablo de los Montes (Toledo) en octubre de 2020 y a siete años de cárcel menos un día a otro de los procesados. Foto: EFE/Ismael Herrero / POOL.
Juicio en la Audiencia Provincial de Toledo - 21 septiembre 2023 - Toledo

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo ha celebrado este jueves la cuarta y última vista oral del juicio contra M.T., J.M.D. y A.J.S.F., por el presunto homicidio de J.M.S.G., en una disputa relacionada con drogas, en San Pablo de los Montes (Toledo) el 4 de octubre de 2020, en la que los abogados de los acusados han afirmado que no existe «ni una sola prueba de cargo».

«La investigación de la Guardia Civil, una chapuza»

Además, se ha ofrecido a los acusados la posibilidad de realizar una declaración final, aunque tan solo A.J.S.F. ha intervenido para afirmar que es «inocente» y que «no sabía nada». Durante las mismas, las defensas legales de los tres acusados, M.T. en calidad de principal acusado, y J.M.D. y A.J.S.F. como cómplices, han reclamado la absolución de sus representados, argumentando que «no existe ni una sola prueba de cargo para poder imputarles por este delito».


El abogado de M.T., acusado de acabar con la vida de la víctima mediante estrangulamiento tras entrar en su domicilio con intención de robarle, ha asegurado durante sus conclusiones que «la labor investigadora de la Guardia Civil» le parece «una chapuza». En esta línea, ha planteado que «indudablemente se está vulnerando la presunción de inocencia».

El letrado ha rechazado que las pruebas presentadas por la fiscalía y por los agentes instructores del caso sean suficientes para imputar por homicidio a M.T., planteando que «incluso los forenses indican que las huellas de M.T. se encontraban detrás de la cabeza del acusado», cuestionando «por qué motivo, si hay pruebas de ADN y se recogen muestras con isopos, no se recogen muestras del cuello de la víctima».

Restos de ADN de otra persona en los nudillos de la víctima

Además, ha cuestionado el motivo por el que se descartaron otras líneas de investigación y otras pruebas, como «la presencia de restos de ADN en los nudillos de la víctima de otra persona identificada, J.L.H.V.». En el mismo sentido, ha apuntado a la ausencia de cualquier tipo de indicio como «huellas en los tiradores de puertas y cajones» en la estancia revuelta que permitan justificar que su representado pretendía «cometer un robo».

«Solo queda una solución a este caso y es la libre absolución, no solo de mi representado, sino de los tres», ha concluido el abogado de la defensa.

La defensa legal de J.M.D., también ha aludido a los indicios que apuntan hacia otro posible sospechoso. «Aparece una prueba, concretamente en el pasillo, al tomarse una muestra en los nudillos del cadáver, que es una muestra ensangrentada que coincide con dos perfiles, el de la víctima y de J.L.H.V.», ha señalado el letrado. «Sin embargo, no se registra la vivienda de este sujeto», ha añadido, valorando que «no tiene ningún sentido».

«Se ha querido buscar un culpable»

Asimismo, el abogado también ha apuntado que, a pesar de que «el móvil es el robo según el ministerio fiscal», no existe «ninguna prueba ni ningún indicio de ese supuesto robo».

El representante legal de J.M.D. también ha cuestionado la investigación que ha conducido a la acusación de su representado, afirmando que «se ha querido buscar un culpable, se ha encontrado a unos sospechosos que les valía y se ha ido subiendo hacia arriba».

En cuanto al representante legal de A.J.S.F., se ha sumado al cuestionamiento de la investigación, asegurando que «se ha dirigido la investigación para tratar de conseguir un resultado al margen de otras evidencias que han sido descartadas», y también ha apuntado a los indicios descartados, consistentes en restos de ADN de otro sujeto identificado en los nudillos de la víctima.

Además, ha apuntado a la actuación legal de la fiscalía, afirmando que «falta una acusación por tentativa de robo» en la acusación, ya que, es «ilógico procesalmente si se pretende alegar un plan preconcebido».

La Fiscalía mantiene sus cargos de culpabilidad

Por otra parte, ha reiterado su defensa de la inocencia de su representado, apuntando a su «credibilidad» ya que «hasta en cinco ocasiones ha respondido y en cinco ha respondido de manera reiterada y consciente a los mismos hechos, algo incompatible con un comportamiento mentiroso».

Por otra parte, la Fiscalía, que ha emitido su informe final a puerta cerrada, mantiene los cargos contra los tres acusados, solicitando una pena de 15 años de prisión por homicidio para M.T., y una pena de 9 años para J.M.D. y A.J.S.F., como presuntos cómplices.

En cuanto a la representación legal de la acusación particular, ha reiterado su planteamiento de culpabilidad de los tres acusados, cuestionando que durante su interrogatorio rechazaron responder a la fiscalía y a la propia acusación particular. «Si nada tengo que ocultar, poco miedo tengo a contestar a todo el mundo», ha afirmado, cuestionando si los acusados tenían «miedo a algún tipo de contradicción».

Y el «cabecilla del grupo…»

Por otra parte, ha reiterado su discrepancia con la interpretación de la fiscalía, solicitando «el cargo de cooperador necesario para J.M.D.», al que identifica como «cabecilla del grupo» dado que «era el que lideraba, no solamente por la diferencia de edad, sino por los medios».

Tras la vista, la magistrada que preside la sala ha señalado que se requiere «un tiempo para confeccionar el objeto del veredicto» y poder «darle traslado al jurado», momento en el que el juicio quedará visto para sentencia.

A continuación, el jurado popular, compuesto por 9 personas, 6 hombres y 3 mujeres, tendrá la responsabilidad de emitir un veredicto sobre la culpabilidad o no de los tres acusados en los cargos que se les imputan.

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