jueves, 9 de mayo de 2024
Será juzgado los días 7 y 8 de febrero 04/02/2012junio 14th, 2017

La Audiencia Provincial de Toledo juzgará los próximos días 7 y 8 de febrero a M.A.P.G, de 43 años, acusado de un delito de maltrato, otro de amenazas y otro de incendio, para quien el fiscal pide 17 años de cárcel, 15 de ellos por quemar la vivienda de su compañera sentimental tras conocer la decisión de ésta de abandonarlo.

Según el escrito de conclusiones provisionales del fiscal, al que ha tenido acceso EFE, los hechos comenzaron a las 8:30 horas del 4 de febrero de 2011, cuando el procesado, hallándose en la vivienda en la que residía su pareja, G.R.L, en régimen de alquiler, inició una discusión con ella motivada porque la noche anterior ésta le había comunicado su decisión de romper. En el curso de la discusión, él le manifestó «perra me dejas tirado en la calle», tras lo que abandonó el inmueble, ubicado en un edificio de viviendas de cinco plantas en Toledo, llevándose el único juego de llaves de la casa.


Ese mismo día, sobre las cuatro de la tarde, el procesado regresó al domicilio demandando, de forma agresiva, a G.R.L. que le concediera una nueva oportunidad, que ésta le denegó, ante lo que el acusado le arrojó un cenicero de madera que no llegó a impactarle y la abofeteó el rostro mientras manifestaba: «o estás conmigo o ya veremos lo que te pasa».

Ante estas circunstancias la mujer optó por abandonar la vivienda, siendo seguida por M.A.P.G., con quien volvió a encontrarse 15 minutos después en el portal de la vivienda, por lo que la mujer se dirigió al domicilio de una vecina, en unión de sus tres hijos, dado que no tenía posibilidad de acceder a la suya.

En torno a las seis de la tarde del mismo 4 de febrero de 2011, el acusado volvió a la finca y llamó desde el patio a gritos a G.R.L. exigiéndole hablar y ver a sus hijos, lo que no consiguió, por lo que amenazó a su compañera diciendo: «puta, zorra, te vas a enterar».

Una hora y media después aproximadamente, M.A.P.G., valiéndose de la llave que retenía en su poder, accedió al anterior y prendió fuego a la misma a través de un foco de ignición en el salón y otro en la cocina, ambos en la planta inferior del inmueble, tipo dúplex, que ardió en llamas, debiendo intervenir los bomberos para sofocar el fuego.

Asimismo, según el escrito de calificación, fue preciso el desalojo del vecindario y la presencia de los servicios sanitarios, que prestaron asistencia a una niña con carácter preventivo y a una persona adulta, que padeció una crisis de ansiedad.

G.R.L., en cambio, no sufrió heridas visibles por la agresión ni acudió a centro médico alguno.

El procesado posee antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, precisamente por otro delito de incendio, por el que fue condenado en 2001 por un juzgado de lo penal de Girona a dos meses y un día de prisión.

Además de la pena de prisión, el ministerio público pide para el procesado la pena de ocho días de localización permanente por dos faltas de vejaciones de carácter leve contra su compañera, a la que deberá indemnizar con la cantidad de 30 euros por el maltrato infligido, en 90 euros por los desperfectos causados en el mural y televisión de su domicilio y en 1.500 euros por los perjuicios morales ocasionados.

Además deberá indemnizar a la entidad aseguradora Ocaso con 9.650 euros, en concepto de desperfectos causado en el inmueble.

M.A.P.G. se encuentra actualmente en situación de prisión provisional por esta causa desde el 7 de febrero de 2011 y el fiscal interesa que se mantenga la situación de prisión provisional, comunicada y sin fianza, al no haberse modificado las circunstancias que determinaron su adopción y la pronta celebración del juicio oral.

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